Cuantía del litigio a efectos de admisibilidad del recurso de apelación contencioso administrativo

Procedimiento contencioso administrativo. Recurso de apelación. Cuantía del recurso de apelación. Cuantía indeterminada.

Tanto en vía administrativa como luego en vía contencioso-administrativa la recurrente en instancia formuló dos pretensiones: una ciertamente pecuniaria, consistente en el abono de las diferencias retributivas; y otra relativa al reconocimiento de que en ocasiones se le encomiendan funciones de una categoría superior, lo que podría tener consecuencias en el futuro. Hay, así, una pretensión que no es de cuantía determinable y, por consiguiente, en este caso no es aplicable el umbral mínimo fijado por el artículo 81.1.a) de la LJCA, según el cual, los Juzgados de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo serán susceptibles de recurso de apelación, salvo que se hubieran dictado en los asuntos siguientes: a) Aquellos cuya cuantía no exceda de 30.000 euros….

A la cuestión de interés casacional objetivo debe responderse que, en supuestos como el presente, la cuantía es indeterminada. Por ello, procede estimar el recurso de casación, con la consiguiente anulación de la sentencia impugnada y la devolución de las actuaciones a la Sala de apelación para que, admitido el recurso de apelación, resuelva lo que proceda sobre el fondo del mismo.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso administrativo, de 22 de noviembre de 2023, recurso 7563/2021)