Vulnera el honor la querella por delito de falsedad, en una causa penal que finalizó por sobreseimiento libre por inexistencia de delito alguno

Derecho contra el honor. Querellas falsas. Desprestigio profesional. Vulneración del derecho al honor de la persona querellada por la grave y falsa imputación que se vierte en la querella. El derecho a la tutela judicial efectiva mediante la interposición de querellas o denuncias ante la jurisdicción penal no es absoluto y habrán de tenerse en cuenta las circunstancias de cada caso.

Una cosa es que la denuncia no implique por sí misma un ataque al honor, al servir tan solo como medio para poner en conocimiento del órgano jurisdiccional penal la posible existencia de un delito al amparo del derecho a la tutela judicial efectiva de quien se sienta perjudicado en sus intereses, y otra distinta que sirva como instrumento para procurar el descrédito de una persona a la que se imputa un inexistente delito de falsedad en documento público mediante una querella que el demandado mantuvo durante tres años y de la que se intentó servir para impedir la ejecución provisional de la sentencia del proceso contencioso-administrativo.  El problema, por tanto, no viene determinado por la existencia de una querella legítimamente presentada y exigida especialmente en supuestos en los que está en juego la protección de un discapaz, sino por la grave y falsa imputación que se vierte en ella contra el demandante por su actuación en defensa e interés de la administración.

Ningún indicio se reveló en el proceso penal incoado como consecuencia de tal imputación, lo que determinó el sobreseimiento libre, demostrándose como la repercusión que tal imputación, y su mantenimiento durante años, tuvo sobre el honor del demandante como persona y como profesional del derecho. Mediante la querella se formuló una imputación especialmente grave como es la comisión de falsedad en ejercicio de la profesión contra el Letrado de una Comunidad Autónoma, no solo por la función pública que desempeña, sino porque tal comportamiento se vinculó en la querella a una evidente intención de perjudicar los intereses de un menor. Esta imputación hace desmerecer al querellado y ahora demandante en la consideración ajena al ir en su descrédito o menosprecio, tanto personal como profesional, con consecuencias indudablemente graves no solo en el ámbito de la administración para la que trabaja, sino para la propia administración de justicia.

(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo civil, de 29 de mayo de 2017, recurso 581/2016)