Casos Prácticos

Casos prácticos de actualidad en el área civil, mercantil, administrativa y penal.

Fallecimiento de una persona anciana en una residencia de mayores: determinación de la responsabilidad de la residencia

La responsabilidad derivada del fallecimiento por muerte natural de una persona en una residencia de ancianos debe fundamentarse en la concurrencia del elemento de la culpa (responsabilidad subjetiva), que sigue siendo básico en nuestro derecho positivo, sin que el mero hecho de que se haya producido el resultado dañoso, realización del riesgo creado, pueda considerarse prueba de culpa, demostración de que «faltaba algo por prevenir», puesto que ello equivaldría a establecer una responsabilidad objetiva o por el resultado. La actividad de una residencia no puede tenerse como anormalmente peligrosa, más allá del cumplimiento de sus deberes de diligencia y cuidado que exige la prestación de los servicios propios de esa actividad.

Palabras claves: responsabilidad extracontractual; responsabilidad objetiva y subjetiva; responsabilidad por culpa.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 233 (junio 2020)

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Derecho al honor y reportaje neutral

El presente caso se enmarca en el contexto del conflicto entre el derecho al honor y la libertad de información, ambos como derechos de naturaleza fundamental constitucionalmente reconocidos, pero tratando de referir este conflicto en relación con el llamado «reportaje neutral»; más allá del desagrado que un determinado reportaje periodístico pueda ocasionar a la protagonista del mismo, si la información citada se limita a relatar la vida amorosa de la misma, enumerando las relaciones sentimentales que ha tenido en los últimos diez años, ello no puede integrar una intromisión ilegítima en el derecho al honor de la protagonista al tratarse de un reportaje neutral.

Palabras claves: derecho al honor; libertad de información; reportaje neutral.

José Ignacio Atienza López
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 233 (junio 2020)

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Nulidad de cláusula suelo y crédito litigioso

El ejercicio del derecho de retracto sobre un crédito litigioso, en relación con un préstamo hipotecario cedido por el prestamista a un tercero después de que la prestataria hubiese impugnado la cláusula suelo incluida en el mismo, exige que el crédito tenga realmente naturaleza de litigioso, y un crédito no puede estimarse convertido en litigioso por el hecho de que se haya impugnado la cláusula suelo, como para poder ejercitar sobre él una acción de retracto del artículo 1.535 del Código Civil. Para que un crédito tenga realmente el carácter de litigioso es preciso que concurra un verdadero requisito material, consistente en el ejercicio de una acción declarativa cuyo objeto sea la existencia y exigibilidad del propio crédito, y ello no puede estimarse concurrente cuando el objeto del pleito sobre el crédito cedido se refiere a una cláusula suelo cuya posible nulidad no afecta a la existencia y exigibilidad del mismo.

Palabras claves: crédito litigioso; cláusula suelo; derecho de retracto.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 233 (junio 2020)

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Subvención concedida por un organismo autónomo a empresa

En este caso se plantean diversas cuestiones jurídicas que surgen como consecuencia de una subvención concedida por un organismo autónomo a una entidad mercantil a través de un proceso de concurrencia competitiva. Así, en primer lugar, se plantea el ajuste a derecho tanto de la aprobación de las bases por el propio organismo autónomo como las consecuencias de la ausencia del plan estratégico. En segundo lugar, la legalidad de la participación de una empresa que tenía pendiente el pago de un reintegro en una anterior subvención. A continuación, el posible conflicto de intereses como consecuencia de que el director del organismo autónomo tenía una participación de un 15 % en una empresa que resultó beneficiaria. Finalmente, a los cinco años de la concesión, se tiene conocimiento de condena por delito de cohecho a los representantes de la entidad beneficiaria, por lo que se pone en marcha procedimiento de revisión de oficio.

Palabras claves: subvenciones; bases; reintegro; conflicto de intereses; revisión de oficio de la adjudicación.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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Efectos de la concesión del BEPI para el hipotecante no deudor

El presente caso trata de aportar luz al efecto jurídico que, para el hipotecante no deudor, tiene la concesión al prestatario deudor del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho cuando este beneficio abarca también al préstamo garantizado con la hipoteca. La extinción de la deuda derivada de la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) no es definitiva, porque puede solicitarse al juez durante cinco años su revocación, ni absoluta, porque solo afecta al deudor concursado. La ley concursal no tiene ninguna referencia a los efectos de la concesión del beneficio respecto del hipotecante no deudor, ante lo cual debe acudirse a una interpretación finalista de la norma, y sería ajena a la finalidad de la norma la extensión del beneficio al hipotecante no deudor, ya que esta finalidad es dar la segunda oportunidad al deudor, pero no al no deudor pero hipotecante, cuyo papel es el del fiador.

Palabras claves: exoneración del pasivo insatisfecho; hipotecante no deudor; interpretación finalista de la ley; cancelación de hipoteca.

José Ignacio Atienza López
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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Precario en fraude de ley y levantamiento del velo

El presente caso aborda el supuesto de precario cuando la titularidad de la finca es de una sociedad, siendo así que la persona a lanzar es uno de los dos socios, tratándose de actuar con abuso de derecho y fraude de ley. La ocupante de la finca es socia junto con su exmarido de una sociedad mercantil titular de la finca y en la sentencia de divorcio se atribuye la vivienda a la ocupante. El título judicial no ampara al poseedor frente al titular ajeno a la relación entre los cónyuges, de modo que la facultad de uso atribuida judicialmente no modifica la titularidad anterior, al no suponer la creación de ningún título. Inaplicabilidad de esta doctrina al presente caso, pues los verdaderos dueños de la finca son los dos cónyuges y socios de la sociedad que está actuando por medio de una sociedad interpuesta. La doctrina del levantamiento del velo no permite aceptar que la sociedad sea aquí un tercero como titular de la vivienda, por ser ello un supuesto de fraude de ley.

Palabras claves: arrendamientos urbanos; precario; levantamiento del velo; fraude de ley.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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Competencia judicial internacional y determinación de la ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera

Cuando se produce un accidente de circulación por carretera pueden darse varias circunstancias que compliquen la determinación de la jurisdicción competente y la aplicación de la ley. La situación puede complicarse en mayor medida cuando se trata de acontecimientos lesivos intrafronterizos. Así se aprecia en el Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección 1.ª, de 17 de julio de 2019 (rec. núm. 2637/2017), que inadmite los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, en el cual la parte recurrente había sufrido un accidente en el extranjero; el tribunal señala que en este caso es de aplicación el Convenio de La Haya de 4 de mayo de 1971 sobre la ley aplicable en materia de accidentes de circulación, que al tiempo de producirse el siniestro había sido ratificado por el Reino de Marruecos, que determina la aplicación de la ley del lugar en que se produjo el accidente, que en el caso de autos es la legislación marroquí.

Palabras claves: accidente de circulación por carretera; competencia judicial internacional; ley aplicable.

Alfonso Ortega Giménez
Profesor contratado doctor (acreditado a profesor titular)
de Derecho Internacional Privado.
Universidad Miguel Hernández de Elche

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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Administración sanitaria. Solicitud de reintegro de gastos de farmacia por parte del asegurado

Este supuesto gira en torno a una reclamación efectuada por un asegurado de MUFACE, que tras un trasplante hepático debe seguir tratamiento farmacéutico costeado a su costa. La aseguradora estima parcialmente la reclamación al entender que el tratamiento debía tener una duración de 12 semanas, basado en la normativa sanitaria vigente, a diferencia de las 24 semanas que siguió el interesado por prescripción de la facultativa de un hospital de Valladolid. Ante ello interpone recurso de alzada que fue desestimado, planteando entonces recurso contencioso-administrativo, oponiéndose el abogado del Estado, en primer lugar, a su admisión, por improcedencia, en su momento, del recurso de alzada y, en segundo lugar, a su estimación por las razones que se exponen en el relato de hechos.

Palabras claves: MUFACE; solicitud de reintegro de gastos de farmacia; estimación parcial; discrepancias en la duración del tratamiento; recurso de alzada; desestimación; recurso contencioso-administrativo; oposición del abogado del Estado; recurso contra la sentencia.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

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Contrato de préstamo personal. Cláusulas abusivas de vencimiento anticipado e interés de demora desproporcionado

En los contratos de préstamo personal destinados al consumo, la cláusula de vencimiento anticipado establecida en la póliza de crédito por el prestamista es una cláusula no negociada que se impone al consumidor en contra de las exigencias de la buena fe, que le ocasiona un perjuicio y provoca un desequilibrio de derechos y obligaciones de las partes, y que puede considerarse abusiva de acuerdo con los términos en que esa cláusula predispuesta permita el vencimiento anticipado, pero no de la mera previsión, que no puede considerarse en sí ilícita, y no compromete la subsistencia del contrato. Respecto de la cláusula de intereses de demora, será abusiva si supusiera un interés incrementado en más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado para el préstamo personal.

Palabras claves: contrato de préstamo; cláusulas abusivas; interés de demora; vencimiento anticipado.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

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Disolución de matrimonio con separación de bienes

En la compensación económica la distinción está, de un lado, en la existencia del régimen de separación de bienes y no del de participación, y de otro, en que la indemnización hunde su justificación en el trabajo realizado en casa, no en la pérdida de oportunidades profesionales; es en la cuantificación de ese trabajo cuando se termina el régimen de separación de bienes. El juez no está obligado tasadamente a seguir los criterios de valoración, si bien son los más comunes y aceptados jurisprudencialmente; más bien conviene decir que, al margen de ellos, otros pueden conformar su criterio, otros tales como la dedicación pasada o el sacrificio de la mujer en favor del otro cónyuge.

Palabras claves: divorcio; separación de bienes; pensión compensatoria.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 231 (abril 2020)

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