Recurso de casación autonómica para la unificación de jurisprudencia
Enviado por Editorial el Mié, 31/05/2017 - 14:29Orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Recurso de casación autonómica. Objeto. Requisitos. Interés casacional. La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ), introduce en su Disposición Final 3ª una reforma de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), regulando un nuevo recurso de casación contencioso-administrativo con la finalidad declarada de intensificar las garantías en la protección de los derechos de los ciudadanos. El nuevo modelo de casación tiene su fundamento en la necesidad de facilitar la unificación de la jurisprudencia en relación con las normas dictadas por las instituciones de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se halla el respectivo Tribunal Superior de Justicia, ofreciendo así criterios jurídicos generales para delimitar su objeto, con carácter previo al pronunciamiento sobre la admisión del recurso de casación que nos ocupa.