Los ciudadanos pueden solicitar el certificado de penados en los registros de cualquier órgano administrativo del Estado
Enviado por Editorial el Mar, 26/01/2016 - 07:53
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece la obligación de acreditar, para quienes pretendan acceder o ejercer profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, que no tienen antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales.
Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el próximo 1 de marzo de 2016, la ausencia de antecedentes se acreditará mediante el certificado de penados, que puede ser obtenido a través de diversos canales.