Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Real Decreto Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Reforma de la ley concursal

Real Decreto Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. Reforma de la ley concursal

El Consejo de Ministros ha aprobado el viernes 7 de marzo, el Real Decreto Ley 4/2014, (publicado en el BOE de 8 de marzo), por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial cuyo objetivo es agilizar y flexibilizar estos procesos. Se trata de garantizar la supervivencia de sociedades que han acumulado una carga financiera excesiva, pero que son viables desde un punto de vista operativo, mediante un sistema ordenado y equilibrado de acuerdos con los acreedores y un abanico más amplio de fórmulas de refinanciación.

Real Decreto 150/2014, de 7 de marzo. Fijada la prueba que permitirá acceder a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales

Real Decreto 150/2014, de 7 de marzo. Fijada la prueba que permitirá acceder a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales

El Consejo de Ministros del viernes 7 de marzo, ha aprobado el Real Decreto 150/2014 (BOE de 8 de marzo), por el que se modifica el Reglamento de la Ley sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, de 30 de octubre de 2006, con el fin de establecer los criterios por los que se realizará la prueba que capacitará para el ejercicio de ambas profesiones. Dicha Ley estimó necesario adquirir una cualificación profesional más allá de la sola obtención de una titulación universitaria, tanto para la consecución del título profesional de abogado (quien presta asistencia letrada bajo esa denominación), como del de procurador (que ejerce la representación procesal de las partes en los procesos judiciales).

Convenio de colaboración catastral para la consulta y certificación de datos catastrales

Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Abogados de Madrid.

Publicado en el BOE de 3 de marzo, tiene como objeto, la colaboración entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Regional del Catastro de Madrid, y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, para el desarrollo de actuaciones dirigidas a facilitar a los ciudadanos la consulta y certificación de datos catastrales, así como la presentación de declaraciones ante el Catastro, en régimen de encomienda de gestión. Así mismo, se autoriza al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid a acceder a los datos catastrales de carácter protegido necesarios para la tramitación de las solicitudes de reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Reseñas de legislación (de 16 a 28 de febrero de 2014)

Normalización de los préstamos hipotecarios en la Unión Europea

El DOUE de 28 de febrero de 2014, publica la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) no 1093/2010.

Los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 21 de marzo de 2016, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva; es decir, no se aplicará a los contratos de crédito en curso antes del 21 de marzo de 2016.

Españoles candidatos en otro país en las elecciones al Parlamento Europeo

Real Decreto 100/2014, de 21 de febrero, por el que se establecen determinadas disposiciones sobre el ejercicio del derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo.

Norma publicada en el BOE de 22 de febrero, que incorpora al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2013/1/UE, del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, que modifica la Directiva 93/109/CE por la que se fijan las modalidades de ejercicio del derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo. Suprime el requisito de que los ciudadanos de la Unión Europea, al presentar su candidatura en un Estado miembro que no fuese su Estado de origen, tengan que aportar una certificación emitida por las autoridades de este último que acredite que no han sido privados del derecho de sufragio pasivo en dicho Estado o no tener constancia de tal privación. Este requisito ha sido sustituido por la presentación una declaración formal en la que la persona que desea presentar su candidatura manifieste que no ha sido privada del derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo.

Reseñas de legislación (de 1 a 15 de febrero de 2014)


ESTATAL


 

Tribunal Administrativo del Deporte en sustitución del Comité Español de Disciplina Deportiva.
REAL DECRETO 53/2014, de 31 de enero, por el que se desarrolla la composición, organización y funciones del Tribunal Administrativo del Deporte.

 (BOE de 1 de febrero de 2014)

Protección de animales.
REAL DECRETO 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.

(BOE de 1 de febrero de 2014)

Regulado el transporte de mercancías peligrosas por carretera

Regulado el  transporte de mercancías peligrosas por carretera

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.

El texto pretende poner al día todas aquellas cuestiones que han quedado obsoletas y adaptarse a las normas internacionales vigentes en este momento tras las sucesivas modificaciones sufridas. Igualmente, pretende desarrollar normas internas para regular el transporte por carretera de mercancías peligrosas en los aspectos que, o bien no se contemplan en el ADR (Acuerdo europeo de transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera) o bien deja libertad a los Estados para su desarrollo o concreción.

Modificados los modelos de cuentas anuales para su presentación en el Registro Mercantil

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy, día 6 de febrero de 2014, dos Resoluciones por las que se modifican los modelos de cuentas anuales consolidadas y los modelos de cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.

La primera de ellas modifica la OrdenJUS/1698/2011, de 13 de junio, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas, y se da publicidad a las traducciones de las lenguas cooficiales propias de cada Comunidad Autónoma como consecuencia de reformas puntuales en la normativa contable. En primer lugar, la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, estableció la posibilidad de realizar una actualización de balances y la Consulta 5 del BOICAC núm. 92 de diciembre de 2012 aclara que la actualización de dichos balances tendrá carácter retroactivo, sin solución de continuidad, a partir del 1 de enero de 2013. Por otro lado, la Resolución de 28 de mayo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible establece nuevos detalles a suministrar por las empresas en el balance, y en la cuenta de pérdidas ganancias del modelo de depósito de cuentas consolidadas. También se actualizan la definición de los test de errores debido a cambios en los modelos y a la corrección de erratas.

Reseñas de legislación (de 16 a 31 de enero de 2014)

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