Los alumnos a partir de 3º de la ESO podrán decidir colectivamente la inasistencia a clase sin la autorización de los padres
Enviado por Editorial el Lun, 12/01/2015 - 15:34El Tribunal Supremo confirma la nulidad de un decreto de la Generalitat Valenciana que imponía la autorización previa de los padres
No cabe someter a autorización previa de los padres el derecho de los alumnos a partir de tercero de la ESO a decidir colectivamente la inasistencia a clase. El Supremo ha confirmado la nulidad de un decreto educativo de la Generalitat Valenciana, de 2008, que imponía esa autorización previa de los padres al derecho reconocido en el artículo 8 de la LODE.