El Supremo fija el criterio del uso de la vivienda en divorcios con un hijo mayor de edad con discapacidad
Enviado por Editorial el Vie, 27/01/2017 - 14:23Procedencia de la limitación temporal de la atribución del uso de la vivienda que fue familiar al hijo mayor de edad con discapacidad, y al progenitor en cuya compañía queda.
La Sala Primera del Tribunal Supremo, en una sentencia de 19 de enero de 2017, de la que ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Antonio Seijas Quintana, ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de 9 de marzo de 2015, dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, Sección décima, sentencia que confirmó la del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Quart de Poblet en cuanto atribuía el uso y disfrute del domicilio familiar y del ajuar doméstico sólo por tiempo limitado (tres años) a la esposa. La recurrente pretendía que se le atribuyera el uso y disfrute de la vivienda que fue familiar por tiempo indefinido, en atención a que con ella convive una hija común que padece una discapacidad reconocida, pero no declarada judicialmente.