El Supremo rechaza devolver a un hombre la pensión alimenticia que pagó por su hija tras declararse que no es su padre
Enviado por Editorial el Jue, 21/05/2015 - 14:01La sentencia destaca que los supuestos de retroactividad del Código Civil, cuando operan, lo hacen en beneficio del menor, pero nunca en su perjuicio
El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo, en sentencia de 24 de abril de 2015, ha rechazado la devolución a un hombre de las cantidades satisfechas en concepto de pensión de alimentos a una niña tras declararse la inexistencia de relación filial. La sentencia destaca que los supuestos de retroactividad del Código Civil, cuando operan, lo hacen en beneficio del menor, pero nunca en su perjuicio.