Transparencia y acceso a la información pública. Protección de datos en propiedad horizontal
Enviado por Editorial el Mar, 03/12/2024 - 12:27Este supuesto plantea,  esencialmente, dos cuestiones de índole jurídica. En primer lugar, sobre el  ejercicio del derecho a la información, al amparo de la Ley 19/2013, de  transparencia, dirigida al ministerio competente en materia de transporte y  consistente en que se le facilitara una copia de la base de datos en formato  reutilizable; es decir, un formato que permita analizar y explotar los datos;  la misma fue denegada con el razonamiento que consta en el relato de hechos,  por lo que el solicitante acudió en reclamación al Consejo de Transparencia y  Buen Gobierno. En segundo lugar, dos personas se dirigen a la Agencia Estatal  de Protección de Datos denunciando a su comunidad de propietarios por haber  remitido, sin su consentimiento, a todos los comuneros un correo electrónico,  con motivo de la próxima junta de propietarios, donde se adjunta un listado con  los consumos individualizados mes a mes de calefacción, identificados por piso  y letra.
Julio Galán Cáceres
  Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa 
  Profesor del CEF.- (España)
   
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 287 (diciembre 2024)

  
  
  
  
