Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Nuevo marco para agilizar la movilidad de las empresas en territorio nacional

  • El consejo de administración será el competente para decidir el cambio de sede social, salvo que los estatutos digan lo contrario.
  • Para los estatutos vigentes, se requerirá una modificación que señale expresamente que el consejo no es competente.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley 15/2017, de 6 de octubre, de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional, publicado en el BOE de 7 de octubre y de entrada en vigor el mismo día. La norma aclara quiénes son los órganos competentes para aprobar el cambio de sede social por parte de las sociedades que así lo decidan. Se facilitan los trámites de manera que, salvo que exista una declaración expresa en contrario por parte de los estatutos de la sociedad, será el Consejo de Administración el competente para aprobarlo.

La resolución alternativa de litigios en materia de consumo llega al Senado

El Boletín Oficial de las Cortes Generales publica, en su edición de 31 de julio de 2017, la aprobación por la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Proyecto de Ley por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, que ha sido tramitado por dicha Comisión con competencia legislativa plena y por el procedimiento de urgencia.

El Congreso aprueba el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público

La Comisión de Hacienda y Función Pública ha aprobado en su sesión del 27 de julio de 2017 el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo, 2014/23/UE y 2014/24/UE. Una vez debatidos y votados en Comisión, con competencia legislativa plena, el informe de la ponencia y las enmiendas al articulado, el texto continúa su tramitación en el Senado.

La Comisión ha aprobado el informe de la ponencia, que ya incorpora enmiendas acordadas por los grupos, con 20 votos a favor y 17 abstenciones. En el debate y votación de este jueves ha salido adelante por unanimidad un texto presentado y firmado por todos los grupos en relación con la disposición adicional séptima.

Regulada la compensación equitativa por copia privada adaptándola a la jurisprudencia europea

  • El nuevo modelo de compensación, aprobado mediante Real Decreto Ley, ha sido acordado con las entidades de gestión y varios grupos parlamentarios
  • El pago de la copia privada recae en los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción
  • Las personas físicas y jurídicas que justifiquen el destino profesional de los equipos y soportes, además de las entidades del sector público, quedan exentas del pago
  • Las entidades de gestión serán las encargadas de comunicar la facturación por este concepto a fabricantes y distribuidores de equipos, así como de la gestión de las excepciones de pago y los reembolsos

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