El Supremo señala que observar una vivienda con prismáticos sin autorización judicial vulnera la inviolabilidad del domicilio
Enviado por Editorial el Mié, 04/05/2016 - 12:11La Sala II del Tribunal Supremo ha establecido que la observación de una vivienda con prismáticos por parte de la Policía sin autorización judicial vulnera la inviolabilidad del domicilio. El Supremo anula la condena de cárcel por tráfico de drogas impuesta a dos personas por la Audiencia de Ourense al considerar ilícita la principal prueba de cargo contra ellos, que fue la actividad observada por la Policía en el interior de un domicilio mediante prismáticos. Los dos acusados son absueltos por el alto tribunal.