El Supremo declara compatible la condena por conducir bajo los efectos del alcohol y por negarse a someterse a la prueba de la alcoholemia
Enviado por Editorial el Jue, 15/06/2017 - 08:15La Sala subraya que el legislador ha considerado la punición acumulada de ambos tipos penales como necesaria “para reforzar con una mayor eficacia la tutela penal de los importantes bienes jurídicos personales que están detrás de los riesgos de la circulación vial”
El Pleno de la Sala II del Tribunal Supremo ha establecido, en su sentencia de 8 de junio de 2017,que es compatible la condena simultánea por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y por delito de negativa a someterse a la práctica de la prueba de alcoholemia a requerimiento de agente de la autoridad, al considerar que no vulnera el principio de proporcionalidad ni el principio ‘non bis in ídem’, que impide castigar dos veces a una persona por un mismo hecho.