Artículos de Mercantil

Artículos doctrinales de Derecho Mercantil

El TS se pronuncia sobre la abusividad de los intereses de demora en préstamos concertados con consumidores

El TS se pronuncia sobre la abusividad de los intereses de demora en préstamos concertados con consumidores

Contratos bancarios. Préstamo con consumidores. Cláusulas abusivas. Intereses de demora. La sala ha declarado que, ante la falta de una previsión legal que fijara de forma imperativa el criterio aplicable para el control de su abusividad, el interés de demora establecido en cláusulas no negociadas en contratos celebrados con consumidores debía consistir, para no resultar abusivo, en un porcentaje adicional que no excediera de dos puntos porcentuales sobre el interés remuneratorio. Si el interés de demora queda fijado por encima de este porcentaje, la cláusula que lo establece es abusiva. La aplicación de este criterio al objeto del recurso, cuya conformidad con el Derecho de la Unión Europea ha declarado el TJUE al resolver la cuestión prejudicial planteada por la sala, confirma la corrección de la declaración de nulidad, por abusiva, que ha realizado la Audiencia Provincial de la cláusula que establece el interés de demora en el préstamo objeto del recurso, puesto que supera en más de dos puntos porcentuales el interés remuneratorio.

El nuevo límite de 50.000 euros para los contratos menores de investigación y desarrollo en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, Ley 6/2018, de 3 de julio, ha introducido una modificación en la LCSP que afecta a los organismos públicos de investigación. En concreto, ha añadido la disposición adicional quincuagésima cuarta (régimen aplicable a los contratos celebrados por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación) con la finalidad de facilitar la adjudicación directa de estas entidades, incrementando los límites de los 15.000 euros, IVA excluido, para los servicios y suministros hasta los 50.000 euros.

El objeto de este trabajo es hacer un somero análisis de la disposición adicional quincuagésima cuarta de la LCSP. A estos efectos, y de manera previa, haremos referencia a otros supuestos recogidos en la normativa que permitirían a estos agentes públicos de investigación acudir a la adjudicación directa en su contratación, para posteriormente centrarnos en estos contratos menores. Por último, examinaremos la especialidad que presenta el artículo 83 de la LOU con relación a los límites en la adjudicación directa.

Alejandro Blázquez Lidoy
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. URJC

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Control legal de las monedas virtuales: El caso de las bitcoins

Las monedas virtuales pueden servir, entre otras funciones, como instrumento de pago, por lo que pueden formar parte de transacciones comerciales. Este tipo de medio de pago carece de soporte físico y está fuera de cualquier proceso de regulación de carácter público, lo que puede suponer un mecanismo de evasión o blanqueo de capitales. Asimismo, son objeto de transacciones económicas que quedarían al margen del control fiscal estatal, de ahí la necesidad de buscar un marco propio normativo o regulatorio de las mismas. Si bien existen distintos tipos, es la bitcoin una de las más populares a escala mundial.

Gabriel Fernández Villegas
Abogado

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La necesaria formación de la administración concursal

La preparación de los profesionales que integran el órgano de la administración concursal es un aspecto fundamental para el correcto desarrollo del procedimiento judicial que va a iniciarse con la declaración del concurso de acreedores. Por esta razón, debe determinarse el nivel de exigencia en la formación de los referidos profesionales, tanto respecto al conocimiento específico de la materia concursal como en lo relativo a la preparación jurídica y económica de la que se parte en la elección de los candidatos.

Palabras claves: concurso de acreedores; administración concursal; formación; diligencia; Ley Concursal.

César Gilo Gómez
Abogado
Doctor en Derecho. Universidad de Salamanca

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 207 (abril 2018)

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El «reciente» modelo de utilidad

El objetivo de esta contribución es poner de relieve las principales novedades introducidas por la Ley 24/2015 referidas al modelo de utilidad y con relación a cómo estaba reglamentado en su precedente ordenación de la Ley 11/1986. A tal fin, se analizan e interpretan los requisitos positivos, el ámbito de actuación, las exclusiones, el procedimiento de concesión, así como la anulación, entre otros extremos. Derivado de la interpretación de la norma se extraen planteamientos positivos que colman algunas lagunas e insuficiencias habidas hasta el momento en torno al modelo de utilidad, de tal suerte que se proponen determinadas reflexiones de lege ferenda que incentivan la innovación, así como su aportación al éxito de las empresas. En especial, si tenemos en cuenta que el número de solicitudes de modelos de utilidad sigue incrementándose cada año.

Palabras claves: propiedad industrial; patentes; modelo de utilidad; innovación.

María Isabel Candelario Macías
Profesora Titular de Derecho Mercantil,
Universidad Carlos III de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 207 (abril 2018)

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Régimen de la nulidad y anulabilidad aplicable a los actos de las Administraciones públicas cuando estas actúan con la condición de empresario

La finalidad de este artículo es concretar el régimen de revisión de los actos dictados por una Administración pública actuando en su condición de empresario en los supuestos de concurrencia de algún vicio determinante de su nulidad o anulabilidad. Se parte de la distinción, jurisprudencialmente admitida, entre dichos actos de naturaleza claramente laboral y los actos puramente administrativos, distinción que conlleva, por un lado, la inaplicación a los primeros de los instrumentos de revisión existentes en el ámbito del derecho administrativo, y, por otro lado, la atribución del conocimiento de las controversias que pudieran derivarse de los mismos al orden jurisdiccional social, haciendo especial referencia al nuevo proceso de lesividad introducido en el orden jurisdiccional social por la Ley 36/2011, reguladora de dicha jurisdicción.

Ana María Roldán Vives
Jefa de la Unidad de Planificación y Ordenación de los Recursos
Humanos de la Dirección General de la Función Pública de la
Administración Pública del Gobierno de Canarias

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Sentencia del pleno del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 15 de noviembre de 2017, sobre hipoteca multidivisa: Cambio de doctrina en cuanto a su naturaleza y normativa aplicable

La Sala Primera del Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por los prestatarios contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que desestimó la demanda en la que solicitaban la nulidad de las cláusulas multidivisa de un préstamo hipotecario concertado con Barclays Bank.
La sala declara la nulidad parcial de la hipoteca multidivisa por falta de transparencia, tal y como había hecho la sentencia de instancia.

Soledad Nevado Torres
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Alicante

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Algunas cuestiones sobre la Resolución de la DGRN de 14 de marzo de 2014 en materia de cambio de domicilio

El objeto de este trabajo se centra en el análisis de la Resolución de 14 de marzo de 2014, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles III de Málaga, por la que se rechaza la inscripción de una escritura pública de traslado de domicilio a España de una sociedad extranjera.

María José Llanes del Barrio
Juez sustituta adscrita al TSJ de Cataluña

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¿Qué son los seguros de «ciberriesgos»?

Analizamos en el presente trabajo los denominados seguros de «ciberriesgos»: su encuadre dentro de la Ley de Contrato de Seguro (50/1980 LCS), concepto, garantías más habituales, legislación aplicable, así como la posibilidad de las aseguradoras para operar en este tipo de seguros de conformidad con lo expuesto en la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (20/2015 LOSSEAR).

Palabras claves: seguros de ciberriesgos; contrato de seguro; garantías.

Miguel Ángel Toledano Jiménez
Socio director de Curia Legis Abogados
Profesor del Área Jurídica. CEF.-UDIMA

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 199-200 (agosto-septiembre 2017)

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Determinación, límites y control de la retribución de los consejeros delegados en las sociedades no cotizadas

La Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo ha introducido importantes novedades en el régimen de remuneración de los administradores. Tras la preocupación por las excesivas y desproporcio­nadas retribuciones, el legislador ha pretendido adecuar el régimen legal a la práctica societaria introduciendo flexibilidad en un marco jurídico extremadamente rígido sin sacrificar el control por los socios. Así, se ha abandonado el tradicional tratamiento unitario de la remuneración para admitir la dualidad de retribuciones del consejero delegado, diferenciando al mismo tiempo entre sociedades no cotizadas y cotizadas. Este trabajo tiene por objeto analizar el régimen jurídico a que quedan sometidos los emolumentos de los consejeros delegados y determinar con claridad el régimen de control de estos por los socios en las sociedades no cotizadas.

Palabras claves:remuneración; consejeros delegados; sociedades no cotizadas; flexibilidad; control.

Marta Ramos Gómez
Estudiante de 5.º curso del Programa Conjunto
Derecho-ADE. Universidad de Zaragoza

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio Estudios Financieros 2017 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.
El jurado ha estado compuesto por: don Antonio Fernández de Buján y Fernández, don Francisco Javier Arias Varona, don Juan Carlos Castro Rico, don Fernando Díez Estella, don David Olivares Martínez, don Lupicinio Rodríguez y don Luis Zarraluqui Navarro.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 199-200 (agosto-septiembre 2017)

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