Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El TS rechaza que los vigilantes de seguridad privada en Cataluña se identifiquen sólo en catalán

El Supremo recuerda que el Estado tiene competencia exclusiva para regular la prestación de servicios de seguridad por empresas privadas y sobre su personal al formar parte del núcleo esencial de la competencia exclusiva en materia de seguridad pública atribuida al Estado

La Sala III del Tribunal Supremo en sentencia de 4 de abril de 2016, ha confirmado la nulidad del artículo 1 de la Orden de la Generalitat de Cataluña, de 17 de enero de 2012, que estableció que el distintivo de los vigilantes de seguridad privada que ejercen sus funciones en dicha comunidad autónoma debía estar escrito en catalán, es decir, como “vigilant de seguretat” o “vigilant d’explosiuis”.

Condenan a un médico por intromisión en el honor de un compañero en su estado de Whatsapp

El juez considera que la frase “No te fíes de F.S.O.” pretendía desprestigiar y no informar ni criticar. El condenado deberá poner como frase de perfil el texto de la sentencia condenatoria e indemnizar con 2.000 euros al demandante

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Moncada, en sentencia de 30 de diciembre de 2015, ha condenado a un médico por intromisión ilegítima en el honor de otro compañero al que aludía en el estado de la cuenta de su Whatsapp con la expresión “No te fíes de F. S. O.”.

El TS confirma la condena a Google a indemnizar a un particular por no retirar datos personales del buscador

El alto tribunal desestima la alegación de Google Spain de que la única responsable del tratamiento de datos es la matriz Google Inc.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo​, en sentencia de 5 de abril de 2016 ha confirmado la condena a Google Spain a pagar una indemnización de 8.000 euros a un hombre por vulnerar su derecho a la protección de datos personales al no retirar del buscador la información sobre el indulto que se le concedió en 1999, a pesar de que el afectado lo había solicitado.

La ejecución de una orden de detención europea debe aplazarse si existe un riesgo real de trato inhumano o degradante debido a las condiciones de detención de la persona afectada en el Estado miembro emisor de la orden

Si la existencia de ese riesgo no puede excluirse en un plazo razonable, la autoridad encargada de ejecutar la orden debe decidir si procede poner fin al procedimiento de entrega

En el asunto C-404/15, un juez de instrucción húngaro emitió dos órdenes de detención europeas contra el Sr. Pál Aranyosi, nacional húngaro, con objeto de que pudieran ejercerse acciones penales debido a dos robos con fuerza en las cosas presuntamente cometidos por el Sr. Aranyosi en Hungría.

En el asunto C-659/15 PPU, un tribunal rumano emitió una orden de detención europea contra el Sr. Robert Căldăraru con la finalidad de ejecutar en Rumanía una pena de prisión de un año y ocho meses por conducción sin permiso de conducir.

Un juez anula una subida de precio de un paquete de telefonía por incumplimiento del contrato ofertado “para siempre”

Estima la demanda de un cliente al considerar que Telefónica ofreció “un contrato de tiempo indefinido a precio fijo”

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona ha estimado la demanda presentada por un cliente y anulado la subida del paquete de Movistar Fusión establecida en mayo de 2015 al entender que Telefónica modificó sin justificación el coste de un producto que había sido contratado con un precio “para siempre”. Telefónica deberá devolver al demandante las cantidades cobradas de más, así como los intereses.

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 31 de marzo de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 a 31 de marzo de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de marzo de 2016)

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 31 de marzo de 2016)

El Supremo valida el alquiler de un local en una calle en obras

Los arrendatarios no pagaron las mensualidades mientras duraron las obras por perjudicar sus ventas

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en una sentencia cuyo ponente ha sido el Magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, ha desestimado el recurso de casación interpuesto, confirmando la sentencia de la audiencia provincial de Sevilla, que había declarado la subsistencia del contrato de arrendamiento del local de negocio suscrito entre las partes, y condenaba a los demandados, arrendatarios, a satisfacer solidariamente la cantidad de 42.214,72 euros.

En el procedimiento de juicio ordinario, la arrendadora del local de negocio pedía en su demanda que se declarase la subsistencia del contrato de arrendamiento de un local de negocio del centro de Sevilla, y se condenase a la parte demandada a continuar dando cumplimiento a las estipulaciones del contrato, y por tanto se condenase a los arrendatarios al pago de las rentas que se han devengado, y todas las que se devenguen durante la tramitación de la sentencia.

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