El Tribunal Supremo inadmite el recurso de la Generalitat contra la impugnación de la celebración de la consulta
Enviado por Editorial el Jue, 06/11/2014 - 16:06Los magistrados explican en su auto que para examinar pretensiones cautelares es preciso que se soliciten respecto de actuaciones recurribles
La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal ha denegado la petición de medidas cautelarísimas solicitada por la Generalidad de Cataluña en el recurso contencioso que presentó contra el acuerdo del consejo de ministros de 31 de octubre (por el que se decidió impugnar ante el Tribunal Constitucional la llamada "consulta alternativa"). En su auto, los magistrados explican que para examinar pretensiones cautelares es preciso que se soliciten respecto de actuaciones recurribles "puesto que de lo contrario, carecerá de jurisdicción y tendrá vedado conocer no solo de las cautelares, sino de la totalidad de las que se quieren hacer valer". Así pues, en este juicio preliminar necesario los jueces advierten de que concurre causa de inadmisibilidad.