Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Los Estados miembros pueden comprobar si las sociedades que prestan servicios de comunicaciones electrónicas en su territorio, a pesar de estar establecidas en otro Estado miembro, respetan las normas sobre protección de los consumidores

En cambio, no pueden obligar a dichas sociedades a crear una sucursal o una filial en su territorio, tal y como señala el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia sobre el asunto C-475/12

UPC es una sociedad luxemburguesa que ofrece desde Luxemburgo, mediante contraprestación, paquetes de servicios de difusión de programas radiofónicos y audiovisuales sujetos a acceso condicional y que se captan vía satélite. Esos servicios se prestan a abonados residentes en otros Estados miembros, entre ellos Hungría.

En las acciones por infracción de dibujos o modelos, un dibujo o modelo comunitario no registrado debe presumirse válido si su titular indica en qué medida posee carácter singular

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea señala en su sentencia de 19 de junio de 2014, dictada en el asunto C-345/13, que el carácter singular no debe determinarse respecto de posibles combinaciones de características basadas en diferentes dibujos y modelos anteriores, sino de dibujos o modelos individuales divulgados con anterioridad.

El Reglamento sobre los dibujos y modelos comunitarios1 dispone que los dibujos y modelos (registrados o no) gozan de protección en la Unión siempre que sean nuevos (no hayan sido divulgados con anterioridad) y tengan carácter singular (la impresión general que producen en los usuarios informados debe diferir de la impresión general producida por los dibujos y modelos anteriores).

Las mezclas de plantas aromáticas que contienen cannabinoides sintéticos y que se consumen como sustitutivos de la marihuana no son medicamentos

En su sentencia dictada hoy, 10 de junio, el Tribunal de Justicia declara que el concepto de medicamento en el Derecho de la Unión 1 no incluye las sustancias que, como las mezclas de plantas aromáticas que contienen cannabinoides sintéticos, dan lugar a una mera modificación de las funciones fisiológicas, sin ser aptas para producir efectos beneficiosos, mediatos o inmediatos, sobre la salud humana, y que se consumen únicamente con el fin de generar un estado de embriaguez, resultando nocivas para la salud humana.

El Tribunal de Justicia responde de este modo a las cuestiones planteadas por el Bundesgerichtshof (Tribunal Supremo alemán), el cual, en el marco de dos procesos penales, debe decidir si la venta de mezclas que contienen cannabinoides sintéticos y que se utilizan como sustitutivos de la marihuana puede ser perseguida penalmente como venta ilegal de medicamentos dudosos. Dos vendedores de tales mezclas (los Sres. D. y G.) fueron condenados por la venta de medicamentos dudosos mediante sendas sentencias de tribunales inferiores a una pena privativa de libertad de un año y nueve meses con suspensión de la ejecución (Sr. D.) y a una pena privativa de libertad de cuatro años y seis meses y al pago de una multa de 200 000 euros (Sr. G.).

Los padres separados deberán repartirse el coste de los traslados de sus hijos

El Tribunal Supremo fija doctrina tras el recurso de un padre que recurrió una sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete que le imponía la obligación de recoger y retornar a su hijo menor, que vivía con su ex mujer

El Tribunal Supremo fija la doctrina sobre quién es el obligado a trasladar y retornar al menor del domicilio en caso de separaciones donde los progenitores viven en localidades diferentes. El alto tribunal acuerda que serán las partes las que lo acuerden pero si no existe acuerdo, la Sala de lo Civil fija los siguientes criterios: en principio será el padre o madre que no tenga la custodia (y que va a ejercer su derecho de visita) el que recogerá al menor del domicilio donde vive habitualmente. Una vez concluido el régimen de visitas o estancia, será el progenitor custodio el que recogerá de vuelta al menor.

Nuevo envite a la Ley 10/2012 de Tasas judiciales, permitiendo continuar el proceso pese a no pagar la tasa

El artículo 8.2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, dispone que en el caso de que no se acompañase el justificante del pago de la tasa judicial, el Secretario judicial requerirá al sujeto pasivo para que lo aporte en el plazo de diez días, no dando curso al escrito hasta que tal omisión fuese subsanada. La ausencia de subsanación de tal deficiencia tras el citado requerimiento dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente "continuación o finalización del procedimiento, según proceda".

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 30 de junio de 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 30 de junio de 2014)

Selección de jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 15 al 30 de junio de 2014) 

Selección de jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 30 de junio de 2014)

Condenado el dueño de un coto de caza a pagar 674.000 euros a un hombre que quedó parapléjico en un accidente de tráfico causado por un venado

El Tribunal Supremo considera probado que "incumplió el deber de conservación del coto y ello fue relevante en orden al resultado producido"

El conductor del vehículo circulaba por la A-342 a la altura del km 26,050 cuando se encontró al animal cruzando por la carretera. Después de hacer una maniobra para intentar esquivarlo, perdió el control y colisionó con un vehículo industrial que venía en sentido contrario. La velocidad estaba limitada a 90 km/h por ese punto y la del turismo no era superior a 76,77km/h. Debido a las lesiones sufridas tras el accidente, la víctima padece una paraplejia completa y tiene una minusvalía reconocida del 83% lo que "evidencia el lamentable estado del demandante y la gravedad de las lesiones".

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