Protección de consumidores y usuarios en la Unión europea. Resolución alternativa de litigios
Enviado por Editorial el Mar, 18/06/2013 - 14:32En el artículo 169 del TFUE se establece que la Unión debe contribuir a lograr un alto nivel de protección de los consumidores, garantizando un acceso a vías sencillas, eficaces, rápidas y asequibles para resolver los litigios nacionales y transfronterizos derivados de contratos de compraventa o de prestación de servicios.
Dicho acceso debe garantizarse tanto para las transacciones en línea como para las que no lo son, siendo especialmente importante cuando los consumidores compran en otro país.
La UE propone dos nuevas instrumentos legislativos interrelacionados y complementarios, para la resolución amistosa de estos litigios en materia de consumo, que ha publicado en el Diario Oficial el 18 de junio: