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La CNMV levanta el veto sobre las ventas a corto

La CNMV levanta el veto sobre las ventas a corto

La Comisión Nacional del Mercado de Valores, ha decidido no prorrogar el acuerdo adoptado el 1 de noviembre de 2012 de imponer restricciones sobre las ventas en corto, que se impuso al amparo del artículo 85.2 j) de la Ley 24/1988, del Mercado de Valores y del artículo 20 del Reglamento (UE) nº 236/2012, con el procedimiento establecido por la ESMA, y que vencía el 31 enero de 2013, al haber remitido los hechos y circunstancias que motivaron la adopción del acuerdo.

Por lo pronto, y acompañando la polémica de este tipo de medidas de prohibición, ayer la bolsa perdió en su selectivo del IBEX el 2,45%, si bien otros expertos consideran necesario levantar dicho veto, tal y como se hecho en el resto de Europa, y esperan que la volatilidad en la bolsa solo duren unas pocas sesiones.

Medidas para proteger a los colectivos más vulnerables y mejorar el funcionamiento del mercado hipotecario

Medidas para proteger a los colectivos más vulnerables y mejorar el funcionamiento del mercado hipotecario

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha anunciado el 30 de enero en el Congreso una serie de medidas para mejorar el funcionamiento del mercado hipotecario y proteger a los colectivos en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de la crisis.

El anuncio se ha producido durante el debate de las enmiendas a la totalidad del proyecto de Ley de Medidas Urgentes para Reforzar la Protección a los Deudores Hipotecarios, que han sido rechazadas. El ministro De Guindos ha realizado una oferta de diálogo a todos los grupos parlamentarios con el objetivo de que la futura ley "sea un reflejo lo más fiel posible de las distintas sensibilidades sociales".

Las reformas se presentarán como enmiendas durante la tramitación parlamentaria del proyecto de ley y, en principio, afectarán a la Ley Hipotecaria, la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario, la Ley de Enjuiciamiento Civil, además de medidas adicionales de prudencia financiera y de mejora del Código de Buenas Prácticas que el Gobierno puso en marcha en marzo de 2012.

El Tribunal Constitucional también suspende el euro por receta en Madrid

El Tribunal Constitucional también suspende el euro por receta en Madrid

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de enero actual, ha acordado admitir a trámite, además del recurso de inconstitucionalidad número 191-2013, promovido por más de cincuenta senadores del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, contra el apartado nueve del artículo 2 de la Ley de la Comunidad de Madrid 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, también admite el recurso de inconstitucionalidad número 349-2013, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el mismo apartado de la misma norma.

Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado desde la fecha de interposición del recurso –18 de enero de 2013–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros (la publicación se ha producido en el BOE de 30 de enero de 2013).

Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales

Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales

I. NECESIDAD DE LA REFORMA

  • Es una reforma obligada:

    • Recomendaciones del Consejo de la UE en el contexto del Semestre Europeo;
    • Reforma recomendada por distintos Organismos Internacionales (FMI, OCDE)
    • Compromiso adquirido por el gobierno de España (Programa Nacional de Reformas, Estrategia Española de Política Económica).

  • Es una reforma necesaria, para mejorar la competitividad de un sector que supone alrededor del 30% del empleo universitario.
  • Situación de partida:

    • Regulación excesiva, obsoleta (muchas normas preconstitucionales) y conflictiva (entre profesionales).

Presentado en el Consejo de Ministros un informe sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado

Presentado en el Consejo de Ministros un informe sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado

El Consejo de Ministros ha recibido un informe sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, dirigido a asegurar la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio nacional. La ley está inspirada en el principio de licencia única y legislación de origen, que ya funcionan en el Mercado Único Europeo. De esta forma, cualquier producto a servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica podrá ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de trámite adicional.

Una vez se apruebe, los productores tendrán que pedir una sola licencia, en una Comunidad Autónoma, y podrán comercializar sus productos en todo el país. Los prestadores de servicios tendrán también que pedir una única licencia de actividad y tendrán que atender, al igual que ocurre en Europa, a los requisitos de destino para ejercer esa actividad.

El establecimiento de este principio de licencia única elimina en la práctica el coste de tener que someterse hasta a diecisiete regulaciones distintas para operar en España.

Presentado en el Consejo de Ministros un Informe sobre el Anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita

Presentado en el Consejo de Ministros un Informe sobre el Anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de Justicia Gratuita que sustituirá a la ley vigente de 1996 para adaptarla a la realidad actual, teniendo en cuenta la experiencia acumulada y las propuestas formuladas por las Administraciones públicas y los Colegios de Abogados y Procuradores.

El texto, que amplía el número de beneficiarios y, al mismo tiempo, pone coto a prácticas abusivas, garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en la Constitución, al asegurar que nadie deje de acudir a los Tribunales por falta de recursos para litigar.

El Anteproyecto, junto con los recursos obtenidos gracias a la Ley 10/2012 por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, desarrolla el artículo 119 de la Constitución y no sólo asegura la viabilidad del modelo español de justicia gratuita, que de otro modo no tendría suficientes recursos para mantenerse, sino que lo moderniza y pone al día. Como principal novedad incorpora que los beneficiarios de este derecho no lo sean sólo por causas económicas; también están incluidos colectivos especialmente vulnerables.

Debate del proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Alquiler de Viviendas

Debate del proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Alquiler de Viviendas

La nueva política de vivienda del Gobierno busca corregir las debilidades estructurales del sector, que las ayudas del Estado beneficien a quienes más lo necesitan y atender los problemas de sostenibilidad ambiental que afectan a las ciudades. Se fomenta la rehabilitación de la vivienda, de modo que siempre que las partes lo acuerden, esta pueda ser sufragada, total o parcialmente, por el arrendatario a cambio del pago de la renta.

La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha afirmado que la apuesta de su departamento a través del proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Alquiler de Viviendas es que el mercado del alquiler en España sea una alternativa eficaz al mercado de la propiedad.

En su intervención en el debate de totalidad del proyecto de Ley en el Congreso, Pastor ha señalado que la nueva política de vivienda del Gobierno busca corregir las debilidades estructurales del sector, que las ayudas del Estado beneficien a quienes más lo necesitan y atender los problemas de sostenibilidad ambiental que afectan a nuestras ciudades.

Los proveedores podrán dirigirse a Hacienda directamente para que le gestione el cobro de deudas con cualquier administración

Los proveedores podrán dirigirse a Hacienda directamente para que le gestione el cobro de deudas con cualquier administración

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha anunciado en Sevilla la puesta en marcha en los próximos meses de un nuevo instrumento de gestión que facilitará a los proveedores el cobro de deudas que tengan pendientes con la administración.

"Vamos a crear un instrumento por el que un proveedor de cualquier administración se podrá dirigir al Ministerio de Hacienda de forma directa para que este departamento sea el que arbitre la forma de pago a ese proveedor. El Ministerio que es el que gestiona la participación en los ingresos del Estado de una comunidad autónoma o de un ayuntamiento, será el encargado, en su caso, de detraer los recursos a la administración morosa", recalcó Montoro al recibir el premio Impulso al Autónomo, concedido por la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) y el Grupo Joly, por el desarrollo del plan de pago a proveedores.

Convenio para el fondo social de viviendas en alquiler

Convenio para el fondo social de viviendas en alquiler

El contenido esencial del que será el convenio para la creación de un fondo social de viviendas destinadas al alquiler ha sido acordado en diciembre 2012, lo que permitirá su puesta en marcha a partir del primer trimestre de 2013. El fondo se constituirá con unas 6.000 viviendas propiedad de las entidades financieras para las que se fijarán alquileres de baja cuantía.

Podrán acceder las personas que han sido desalojadas de su primera vivienda desde el pasado 1 de enero de 2008 por impago de la hipoteca y que se encuentren en situación especial de vulnerabilidad social.

El convenio cuenta con el respaldo del Ministerio de Economía y Competitividad, Sanidad y Servicios Sociales, Fomento, Banco de España, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Plataforma del Tercer Sector (Organizaciones no Gubernamentales), y la mayor parte de las entidades financieras. La firma está prevista para la tercera semana de enero.

El Tribunal Supremo establece doctrina sobre el resarcimiento de daños personales en accidentes de tráfico con colisión recíproca

El Tribunal Supremo establece doctrina sobre el resarcimiento de daños personales en accidentes de tráfico con colisión recíproca

La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno jurisdiccional, ha fijado doctrina en materia de responsabilidad civil derivada de accidente de circulación en supuestos de daños personales causados por la colisión recíproca de vehículos.

En aplicación del régimen de responsabilidad objetiva que rige en esta materia (artículo 1.1 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la conducción de vehículos a motor) ha resuelto estimar el recurso de casación interpuesto por el conductor demandante, que reclamó por sus lesiones frente a la aseguradora del contrario, y revocar el pronunciamiento absolutorio de la instancia, con reposición de actuaciones para que se dicte sentencia condenatoria en la que se concrete y cuantifique la indemnización pertinente con arreglo al criterio de que, a falta de prueba de la participación causal de cada uno, cada conductor debe responder íntegramente (al 100%) del daño ocasionado al contrario.

La controversia objeto de casación presentaba una doble dimensión. De una parte, se suscitaba la cuestión de si, en supuestos de colisión mutua (en este caso, choque frontal, sin que resultase posible conocer qué vehículo fue el que invadió el carril contrario) cabe entender que los comportamientos de ambos conductores se anulan o compensan, de manera que ninguno tenga derecho a indemnización, o si, por el contrario, habida cuenta del régimen de responsabilidad objetiva que rige en esta materia, fundada, no en criterios subjetivos de culpa, sino en el riesgo creado por la conducción, la solución nunca puede ser la que adoptó la Audiencia Provincial de Vizcaya de no indemnizar a ninguno por sus daños, sino la de entender que cada conductor (en este caso, el demandado), debe responder frente al otro por el riesgo por él causado.

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