Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa
Enviado por Editorial el Jue, 14/11/2024 - 13:06Publicada en el BOE de 14 de noviembre la Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa (con entrada en vigor el 4 de diciembre), que tiene por objeto regular el derecho de defensa, reconocido en el artículo 24 de la Constitución Española como derecho fundamental indisponible, que comprende el conjunto de facultades y garantías, reconocidas en el ordenamiento jurídico, que permiten a todas las personas, físicas y jurídicas, proteger y hacer valer, con arreglo a un procedimiento previamente establecido, sus derechos, libertades e intereses legítimos en cualquier tipo de controversia ante los tribunales y administraciones públicas.
1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
- Definición: El derecho de defensa abarca el conjunto de facultades y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico.
- Protección y defensa: Permite a todas las personas (físicas y jurídicas) proteger y hacer valer sus derechos, libertades e intereses legítimos.
- Procedimiento: Estas acciones se deben realizar de acuerdo con un procedimiento previamente establecido.
- Ámbito de actuación: Aplica ante tribunales, administraciones públicas, diligencias de investigación del Ministerio Fiscal, y en medios adecuados de solución de controversias regulados en la normativa de aplicación.