Acumulación de condenas: El Pleno de la Sala Segunda del TS acuerda desestimar el recurso del preso Kepa Pikabea
Enviado por Editorial el Jue, 15/01/2015 - 12:19El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha acordado, por mayoría de nueve a seis, desestimar el recurso del preso Kepa Pikabea en el que solicitaba que se tuviera en cuenta el los años de prisión que cumplió en Francia a efectos del tiempo máximo de 30 años que puede estar en cárceles españolas. Habrá un voto particular conjunto de los seis magistrados que han quedado en minoría.
Esta sentencia del alto tribunal, contradice no solo la interpretación de la Sección Primera de la Audiencia Nacional, que ordenó la excarcelación de Potros y Plazaola, sino también la adoptada por el propio Supremo el 13 de marzo de 2014, cuando se pronunció a favor de descontar los años de condena cumplidos en Francia al etarra Joseba Urrusolo Sistiaga, que aplicaban la Decisión Marco 2008/675/JAI, que el Consejo de Europa aprobó en 2008, para que se acumularan las condenas cumplidas en países de la Unión Europea. a pesar de la ausencia de efecto directo de las Decisiones Marco no traspuestas al Derecho interno como así señalo la Fiscalía en su recurso.