El TC afirma que la competencia de la Generalitat en materia de espectáculos públicos no incluye prohibir las corridas de toros
Enviado por Editorial el Jue, 20/10/2016 - 14:18El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado y ha declarado inconstitucional y nulo el art. 1 de la Ley 28/2010 que prohíbe la celebración de corridas de toros y otros espectáculos taurinos en Cataluña. El Tribunal considera que al ejercer su competencia para la regulación de los espectáculos públicos, la Generalitat ha “menoscabado” la competencia del Estado para la “preservación del patrimonio cultural común”, condición que las corridas de toros tienen atribuida por ley. Ha sido ponente de la resolución la Magistrada Encarnación Roca. La sentencia de 20 de octubre de 2016, y publicada en el BOE de 25 de noviembre, cuenta con el voto particular discrepante de la Vicepresidenta, Adela Asua Batarrita y de los Magistrados, Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol Rios.