Artículos de Derecho Penal

Artículos doctrinales de Derecho Penal

Comentario jurisprudencial a la sts 700/2016, Sala 2.ª, de 9 de septiembre, caso Novacaixagalicia. Diferenciación entre apropiación indebida y administración desleal

El análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo 700/2016, de 9 de septiembre, dictada sobre el asunto de Novacaxagalicia, se centrará en la disquisición y diferenciación conceptual que realiza dicho tribunal sobre dos figuras típicas que han venido provocando discusiones doctrinales a lo largo del tiempo.
Dichas figuras típicas se identifican con las conductas de la apropiación indebida y de la administración desleal.
Este análisis y diferenciación conceptual de las figuras típicas aludidas se contiene en la citada sentencia, a partir de su fundamento cuarto.
Se aborda la reforma de la Ley Orgánica 1/2015 en los delitos de apropiación indebida y administración desleal, que ha reformulado el entendimiento histórico del delito de apropiación indebida y de su relación con el de administración desleal, remitiéndose a la STS 163/2016 y a otras sentencias dictadas con ocasión de la reforma; de ahí su interés.
Esta reformulación en los delitos descritos ha propiciado una aparente confusión en la tipificación de ciertas conductas delictivas que, traídas al caso concreto por los intereses de las partes en conflicto, puede derivar, incluso, hacia la destipificación de las conductas realizadas por los sujetos activos de las mismas.

Daniel Sánchez Romero
Abogado. Ilustre Colegio de Abogados de Jerez de la Frontera

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Responsabilidad penal del testigo en causa criminal

Los testigos tienen expresa obligación legal de comparecer al llamamiento judicial, declarar y decir verdad, pudiendo, si transgreden estas obligaciones, ser perseguidos, respectivamente, por los delitos de obstrucción a la justicia, desobediencia grave a la autoridad o falso testimonio. En el presente estudio analizaremos los elementos que requieren cada uno de estos tipos penales, teniendo por objeto alcanzar criterios que permitan distinguir con claridad y nitidez las conductas típicas propias de estos delitos, todo ello en aras de la taxatividad exigible en materia penal.

Palabras claves: testigo, falso testimonio, obstrucción y desobediencia.

Javier Ángel Fernández-Gallardo Fernández-Gallardo
Letrado de la Administración de Justicia.
Juzgado Central de Instrucción n.º 2 de la Audiencia Nacional
Doctor en Derecho

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 189 (octubre 2016)

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