Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

¿Puede el delito de revelación de secretos constituir un límite al derecho a comunicar y recibir información?

La Sección 3.ª de la Audiencia Provincial de Huelva ha dictado una sentencia en el recurso de apelación 96/2023, condenando a una periodista del Diario Huelva Información, SA, y al propio medio como responsable civil, por un delito de revelación de secretos del artículo 197.3, 2.º párrafo del Código Penal, al haber publicado contenido del sumario por el asesinato de doña Laura Luelmo, sujeto a secreto de sumario, lo que constituye la primera condena de este tipo a un periodista o medio de comunicación. Con ello se realiza una interpretación de los artículos 197.2 y 3 del Código Penal y la colisión entre el derecho fundamental a la libertad de información del artículo 20.1 d) de la CE y el derecho a la intimidad del artículo 18.1, así como el artículo 24, que regula la tutela judicial efectiva.

Palabras claves: secreto de sumario; revelación de secretos; dato personal; periodista; secreto profesional; derecho a la información; derecho a la intimidad.

M.ª Dolores Pena Rey
Licenciada en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela
Graduada en Periodismo por la Universidad a Distancia de Madrid, UDIMA
Ejercicio libre de la abogacía (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 281 (junio 2024)

Cruces y límites entre la información sobre sostenibilidad de las empresas y el secreto empresarial

En este trabajo se examinan dos instituciones y su conexión, como son, de un lado, el secreto empresarial como muestra de la innovación, investigación y desarrollo de una empresa. A tal efecto, se analiza desde su concepto y reconocimiento legal hasta los procedimientos y requisitos a observar para ser apreciado como secreto empresarial. De otro lado, se esboza la Directiva CSRD destinada a impulsar el informe de sostenibilidad que tienen que proporcionar determinadas empresas en orden a ayudar a la transición ecológica-sostenible y adoptar decisiones de inversión o mitigar los efectos derivados del cambio climático, ajustándose a los compromisos adquiridos en diferentes ámbitos de actuación. Delimitadas y planteadas ambas instituciones para comprender el alcance de cada una de ellas, se agrega un plus, y se pondera cómo pueden interrelacionarse, en particular, al demandar la Directiva CSRD en los informes sobre sostenibilidad de las empresas la divulgación de información sobre los recursos inmateriales distintos de los reconocidos en el balance. De aquí surgen varios interrogantes sobre los posibles conflictos de interacción entre ambos, y es lo que se ha puesto de manifiesto e interpretado de acuerdo con la legislación tanto europea como nacional, en orden a proporcionar claridad y poner de relieve los límites de esta problemática en el futuro más inmediato.

Palabras claves: secreto empresarial; información empresarial; sostenibilidad; activos intangibles; Directiva CSRD; legislación europea.

María Isabel Candelario Macías
Profesora titular de Derecho Mercantil.
Universidad Carlos III de Madrid (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 281 (junio 2024)

El albaceazgo en las nuevas realidades sucesorias, vital, digital y empresarial. Una figura compleja de larga tradición y de conveniente proyección en la actualidad

Abordar el estudio de una figura de larga tradición es interesante en tanto esa pervivencia en el tiempo evidencia su interés, utilidad y eficacia en la práctica jurídica. Por demás, el albaceazgo muestra una complejidad que requiere abundar en extremos de la institución para profundizar en su clarificación, al tiempo que, por exigir la comparativa con otras categorías, sugiere una enriquecedora labor de contraste. A todo ello se suman cuestiones y necesidades nuevas a las que el albacea va a servir de manera idónea para gestionar contenidos digitales del causante y para ejecutar disposiciones comprometidas con la bioética. En efecto, el testamento vital y el testamento digital justifican el recurso al albaceazgo incentivando esta designación testamentaria, lo que se suma a complicaciones que en la actualidad presenta tanto en el plano más personal como en el orden patrimonial, como son la necesaria armonización y satisfacción de intereses de herederos de distintos vínculos matrimoniales y las exigencias de la administración y gestión de activos patrimoniales vinculados cada vez más a empresas, cuanto más cuando de empresa familiar se trata y se debe atender a posibles pactos sucesorios. El interés de la tarea del albacea se explica, por añadidura, en la ventaja de contribuir a la solución extrajudicial de los conflictos de intereses que la sucesión expone.

Palabras claves: albaceazgo; testamento vital; testamento digital; mediación; sucesión mortis causa.

Francisco de la Torre Olid
Doctor en Derecho Civil
Profesor contratado doctor.
ESIC Business & Marketing School. Valencia (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 281 (junio 2024)

Las subvenciones públicas en los convulsos años veinte del siglo XXI: ocho aspectos clave para la reflexión

En este estudio, se analiza el funcionamiento de la actividad subvencional de las Administraciones públicas españolas para hacer frente a estos turbulentos años veinte del siglo XXI, en los que las subvenciones públicas han adquirido una gran relevancia como consecuencia de la ingente cuantía de fondos públicos que, desde las distintas instituciones y gobiernos, se han puesto a disposición de las Administraciones públicas con la finalidad última de garantizar la recuperación, la transformación y un resiliente resurgimiento del modelo social y económico, tras los embates sufridos en este último cuatrienio.
Por eso, lograr estos ambiciosos objetivos apuntados va a depender, en gran medida, del buen uso que se haga de estas subvenciones públicas, a la vista de que en ellas se han depositado elevadas expectativas para la contribución al bienestar del país.
Ante semejante reto, en este trabajo se propone reflexionar sobre algunos aspectos clave que coadyuvan a optimizar el uso de esta técnica de fomento, porque, como decía Theodore Roosevelt, «It is hard to fail, but it is worse never to have tried to succeed».

Palabras claves: Administraciones públicas; políticas públicas; subvenciones públicas; fondos europeos de recuperación; gestión pública; evaluación; principios de eficacia y eficiencia.

Ana Vázquez Beltrán
Asesora técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
Gobierno de Aragón (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 280 (mayo 2024)

La nueva ley concursal, los planes de reestructuración y la "espada de Damocles" de las impugnaciones

La nueva regulación más extensa sobre la impugnación recogida en la actual Ley 16/2022, de reforma de la ley concursal, vinculada con la segmentación por "clases de acreedores", las reglas que establecen la jerarquía entre acreedores y la determinación del nivel de esfuerzo que deben soportar según el plan de reestructuración, así como la posible falta de paridad entre créditos dentro del mismo rango, podría hacer perder agilidad a los procesos preconcursales de reestructuración y conducir justamente al efecto no deseado: el concurso.

Con la Ley concursal 22/2003, de 9 de julio, empezó todo. ¡Pero no acabó! De hecho, han sido múltiples los cambios desde entonces, para ir adaptando y robusteciendo el texto. Se puede decir que con esta norma, España iniciaba el camino hacia la modernidad en materia de derecho relativo a la insolvencia.

Las operaciones de concentración económica en mercados digitales: ¿un cambio de paradigma respecto a los datos de los usuarios?

La actual regulación comunitaria en el mercado digital, con un especial énfasis en las operaciones de concentración empresarial, está siendo objeto de un intenso debate doctrinal, convirtiéndose en uno de los principales retos regulatorios por parte de la Unión Europea. En un mercado dinámico y cambiante, se precisa una valoración global de cara al valor jurídico y económico de los datos de los usuarios para los operadores económicos. De este modo, si no se concede esta especial importancia a los datos, podemos derivar en posibles vulneraciones de bienes jurídicos protegidos. El tratamiento de los datos de los usuarios por las grandes plataformas digitales no solo puede suponer una vulneración de estos derechos, sino que también pueden derivar en la posición dominante de ciertos operadores económicos. Además, esta posición dominante puede traducirse en una política agresiva de eliminación de nuevos competidores a través de una adquisición temprana de operadores con suficiente innovación disruptiva, provocando una limitación a la libre competencia y coartando los efectos de innovación para el futuro.

Palabras claves: derecho de la competencia; mercados digitales; plataformas digitales; fusión; operación de concentración; datos.

Luis Daniel Ruiz Ruiz
Opositor al Cuerpo de Abogados del Estado (España)

Fernando Díez Estella (autor de contacto)
Profesor de Derecho Mercantil.
Universidad Nebrija (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 280 (mayo 2024)

La figura del letrado de la Administración de Justicia y su proyección al derecho a la tutela judicial efectiva. (Reflexiones críticas y propuestas de futuro a partir de un conflicto laboral)

Que a lo largo las primeras semanas de 2023 se haya desarrollado una huelga indefinida por parte de los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia colocó en el centro de la atención pública a estos operadores jurídicos. El conflicto laboral en sí resulta, como es lógico, mayormente indiferente a la sociedad. Pero sus consecuencias, no. Se paralizaron centenares de miles de actuaciones judiciales de toda índole, añadiendo más retraso si cabe a la prestación del derecho a la tutela judicial efectiva que ya, per se, se produce casi de manera estructural. Bien, ¿tan importante es entonces este funcionario? ¿Por qué el ejercicio de huelga de uno de los elementos humanos integrados en la Administración de Justicia causa tan graves efectos en la garantía judicial de los derechos subjetivos? Se pretende aquí estudiar esa figura, sus funciones y marco normativo en orden a su proyección a tal garantía que, no se olvide, se halla constitucionalizada a plenos efectos; y extraer de ello consecuencias que quizá demuestren fallos legislativos sistémicos en la conceptuación estructural y desarrollo del itinerario normativo insertado para la consecución de esa tutela judicial efectiva.

Palabras claves: letrado; justicia; tutela judicial efectiva; huelga; funciones.

Eduardo Sánchez Álvarez
Profesor asociado (acreditado a profesor contratado doctor).
Universidad de Oviedo (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 279 (abril 2024)

La peregrinación jurisdiccional de las víctimas para interponer una reclamación contra los eventuales responsables del daño. Una propuesta de lege ferenda

El conflicto de jurisdicciones no es un conflicto menor. En función de la jurisdicción ante la que se plantee la demanda las consecuencias serán diferentes, pues los tribunales no resuelven con arreglo a los mismos criterios. El problema se agrava cuando dos órdenes jurisdiccionales diferentes pretenden atraer hacia sí la competencia para resolver determinados asuntos, o cuando, de hecho, ambos asumen directamente su competencia. La división entre órdenes de la jurisdicción y su especialización únicamente tendrá sentido si las normas de atribución garantizan la exclusividad en una determinada materia y que a la vez goce de una unidad en sí misma, la cual a su vez genere el suficiente volumen de asuntos que justifique el establecimiento de tribunales especializados para resolver todos los pleitos que se originen.

Palabras claves: jurisdicción; competencia; responsabilidad; daño; víctima.

Juan Panisello Martínez
Doctor en Derecho (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 279 (abril 2024)

Sostenibilidad corporativa: ¿un nuevo paradigma en el gobierno de las sociedades mercantiles?

Cada vez son más los operadores jurídicos que, impulsados por la presión social promovida por los consumidores y usuarios, agentes sociales e incluso inversores, adoptan y adaptan sus normativas internas a las exigencias propias de la sostenibilidad. La pasividad y, ocasionalmente, indiferencia o desinterés empresarial ha provocado un impacto igual de severo en el medio ambiente (en los océanos, en la biodiversidad y en la concentración de gases de efecto invernadero) que en el medio humano (sea por ser este el receptor directo de los referidos efectos, o por la decadencia o falta de mejora de los derechos humanos en ciertos sectores económicos).
El presente estudio trata de analizar los retos implícitos de la sostenibilidad corporativa bajo los parámetros adoptados por la Unión Europea en su reciente propuesta de directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.
Para situar al lector, el estudio se inicia con la necesaria delimitación del concepto de responsabilidad social y sus rasgos más característicos. El mismo proceder se seguirá con el denominado (buen) gobierno corporativo. Sentados ambos conceptos, el principal punto tratará de conjugar ambos elementos, habida cuenta de su inevitable interrelación. El resultado final del estudio no solo mostrará el estado de la cuestión desde un punto de vista jurídico-material, sino también su –aún tímido e incipiente– estado legislativo comunitario y nacional.

Palabras claves: sostenibilidad; buen gobierno corporativo; ESG.

Ana María Vaduva
Asesora jurídica y experta en cumplimiento normativo (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 279 (abril 2024)

Mercados financieros sostenibles (II). Aproximación desde el abuso de mercado, la administración desleal y la estafa de inversión de capital y de crédito

Este artículo estudia de forma crítica el concepto de mercados financieros sostenibles desde la directiva y el Reglamento de abuso de mercado, relacionados con el Reglamento de índices de referencia y el Reglamento sobre índices de referencia climáticos, el MiFID verde, la Directiva de taxonomía, el Reglamento de divulgación de información sobre sostenibilidad y la Directiva de información de sostenibilidad corporativa.

Palabras claves: abuso de mercado; administración desleal; ASG; doble materialidad; estabilidad financiera; estafa de inversión de capital; finanzas sostenibles; integridad de mercado; inversor razonable.

Mariano Castillo García
Castillo&García. Abogados penalistas.
Especialistas en derecho penal económico y de la empresa (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 278 (marzo 2024)

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