Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Retos jurídicos de la operatividad en España de los reactores modulares pequeños (SMR) como solución a la dependencia energética de la Unión Europea

Los reactores modulares pequeños (SMR) son una de las soluciones que ofrece el mercado frente al encarecimiento del precio de la electricidad, que se ha venido produciendo debido al aumento del precio del gas en el último año. La Organización Internacional de la Energía Atómica está promoviendo una nueva iniciativa normativa que agrupa a los encargados de diseñar las políticas energéticas nucleares, reguladores, y al sector industrial y comercial de equipos nucleares, con el fin de establecer las bases comunes para todos los Estados de la futura regulación de la operación, producción y suministro industrial de los SMR. Estos nuevos reactores serán aliados necesarios de las energías renovables para abordar la crisis climática y lograr la neutralidad medioambiental en 2050, pero para su despliegue resulta necesario diseñar unas hojas de ruta con planes de acción concretos. Hasta entonces su operación deberá ceñirse al procedimiento establecido en nuestro derecho administrativo para las instalaciones nucleares, lo cual supone un obstáculo en sí mismo y podría desincentivar su desarrollo, pese a ser una tecnología catalogada como «verde» por la taxonomía de la Unión Europea, alejando la inversión privada de estas actividades, que redundará en otras opciones menos sostenibles.

Palabras claves: energía nuclear; SMR; autorización; licencia.

María de los Ángeles Díez Moreno
Profesora doctora de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad a Distancia de Madrid, UDIMA

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 264 (enero 2023)

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La nulidad de las subastas judiciales

En el presente artículo, a la luz de la jurisprudencia más reciente, analizamos, desde un punto de vista práctico, las causas más comunes de nulidad de las subastas judiciales y sus efectos frente a terceros de buena fe.

Palabras claves: subasta; cláusula abusiva; inembargable; irreivindicable; venta de cosa ajena.

M.ª José Achón Bruñén
Doctora en Derecho Procesal

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 264 (enero 2023)

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Modificación del capital social mínimo de las sociedades limitadas

La situación económica actual ha empujado al Ejecutivo a buscar soluciones que incentiven la inversión económica en España. A través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Gobierno busca establecer un marco jurídico adecuado que impulse la creación y el crecimiento de las empresas y elimine los obstáculos económicos a los que se puedan enfrentar las sociedades, reforzando así el tejido empresarial español.
Una de las novedades legislativas más recientes es la Ley de creación y crecimiento de empresas, la cual ha venido a modificar, entre otras normas, al texto refundido de la Ley de sociedades de capital. Una de las modificaciones más significativas que incorpora esta ley es la reducción a la cantidad simbólica de un euro del capital social mínimo para la constitución de una sociedad limitada y la supresión de la figura de las sociedades en régimen de formación sucesiva. Con esta reforma se persigue incentivar y apoyar la creación de nuevas empresas que refuercen el tejido empresarial español, sobre todo tratando de dar impulso a las pequeñas y medianas empresas y buscando facilitar e impulsar la constitución de sociedades de responsabilidad limitada de forma rápida, ágil y telemática, destacando la figura del Centro de Información y Red de Creación de Empresas.
Debemos recordar que en España el tejido empresarial, en su práctica totalidad, está compuesto por pymes, por lo que es coherente que se haga un esfuerzo por fortalecer este tipo de empresas, garantizando no solo su creación, sino también su continuidad en el tiempo. La crisis económica derivada de la covid-19 ha venido a dejar al descubierto determinadas necesidades en materia económica y societaria por lo que, sumado a las corrientes que ya predominaban en Europa, el legislador ha tratado de apoyar a este tipo de sociedades, a la vez que incentivar la inversión económica, tanto nacional como extranjera, en territorio español, equiparando la legislación societaria española a la de la mayoría de países europeos de nuestro entorno.
A lo largo de este artículo veremos las ventajas e inconvenientes de esta modificación, si realmente es necesaria y si, en definitiva, puede cumplir con el cometido original, que es el de impulsar la creación de nuevas sociedades que fortalezcan el tejido empresarial español.

Palabras claves: sociedad limitada; sociedades de capital; creación; infracapitalización; capital.

Esther Muñoz Amador
Abogada especializada en derecho mercantil

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 264 (enero 2023)

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Plataformas digitales audiovisuales y derecho de la competencia

Uno de los fenómenos que ha tenido mayor trascendencia en las últimas décadas es sin duda el de las plataformas digitales, especialmente las propias del ámbito audiovisual o streaming. El auge que están experimentando genera un amplio abanico de interrogantes e implicaciones en la esfera social, económica y, sobre todo, normativa. En consecuencia, los diversos legisladores nacionales y comunitarios han tratado, no ya de adaptarse a los cambios implícitos de tales avances tecnológicos, sino incluso adelantarse a los mismos. El resultado de sus esfuerzos se materializa a través de la Digital Services Act y la Digital Markets Act bajo la forma de reglamento comunitario, con las implicaciones que ello comporta para los Estados miembros de la Unión Europea. Sin embargo, tal y como se ha señalado anteriormente, las proyecciones que desencadena el sector de las plataformas digitales audiovisuales no se restringen únicamente al ámbito normativo, sino también al económico y social. Por consiguiente, se hace necesario analizar las conductas (anti)competitivas de los agentes tecnológicos audiovisuales para observar.

Palabras claves: plataformas digitales; DSA; DMA; derecho de la competencia.

Ana María Vaduva
Asesora jurídica

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 264 (enero 2023)

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La mediación en materia de compliance y su integración en los programas de cumplimiento

Con la modificación del Código Penal –reformas de 2010 y 2015– ha nacido toda una cultura ética corporativa de la que pueden originarse desavenencias y focos conflictivos en una corporación. Una muestra de ello lo conforma uno de los pilares de la estructura de compliance, la implantación de un sistema disciplinario que sancione el incumplimiento de las medidas establecidas en los compliance programs (art. 31 bis CP apdo. 5.5.º). Este trabajo pretende poner de relieve cómo la mediación organizacional puede ser un sistema idóneo para resolver las disputas que se deriven del sistema de compliance. Así, la hipótesis de partida se ciñe al recurso de la mediación como sistema alternativo de resolución de los conflictos que nazcan como consecuencia del compliance y, por ende, servir de refuerzo y concienciación de la prevención y de la cultura ética corporativa. Como resultado, se propone la forma en que ha de integrarse la mediación en los programas de cumplimiento.

Palabras claves: cumplimiento normativo; mediación; conflicto; disciplina; incumplimiento.

Juan Carlos Velasco Perdigones
Abogado
Profesor doctor de Derecho Civil. Universidad de Cádiz

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 263 (diciembre 2022)

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Hacia un domicilio electrónico obligatorio de las personas físicas ante la Administración pública en materia de notificaciones

Se analiza la necesidad de dar un paso relevante en materia de nuevas tecnologías mediante la obligatoriedad de la implementación del DEO, o domicilio electrónico obligatorio, para las personas físicas, a fin de que cuando la Administración pública deba llevar a cabo una notificación con persona física en cualquiera de sus áreas, se fije la necesidad de que se haga en el domicilio electrónico obligatorio, que le será adjudicado a cada ciudadano mayor de edad para que la Administración realice las notificaciones con el mismo, evitando retrasos en los procedimientos y obstaculizaciones por aquellos que no quieran recibir actos de comunicación ante posibles incumplimientos o infracciones que determinen que otros ciudadanos o la propia Administración les reclamen por los mismos.
Se destacan las ventajas de la implantación de un «domicilio virtual» y la inexistencia de pérdida de garantías para el ciudadano, además de optimizar el mismo mediante la exigencia de que su uso sea bidireccional, tanto para recibir el ciudadano comunicaciones como para poder enviarlas él a la propia Administración.

Palabras claves: procedimiento administrativo; notificaciones; notificaciones electrónicas; domicilio electrónico; personas físicas.

Vicente Magro Servet
Magistrado del Tribunal Supremo
Doctor en Derecho

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 263 (diciembre 2022)

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Algunos problemas en torno a la asunción del coste de los daños por los actos propios de otros, en el ámbito de la responsabilidad civil

Los actuales supuestos de responsabilidad civil en que una persona responde por los daños causados por otra evidencian no solo una dispersión de criterios y de constante evolución, sino que también ese modo de funcionamiento debe ser analizado desde el punto de vista de las disfunciones que provoca. Se presume responsable a quien ha participado de alguna manera en la producción del daño causado a través de una conducta negligente consistente en no haberlo evitado, debiendo hacerlo. En realidad, no existe responsabilidad por hecho ajeno sino, más bien, un verdadero caso de responsabilidad por hecho propio. La responsabilidad por hecho ajeno se convierte en una garantía legal en favor de las víctimas. Se convierte en un seguro obligatorio que la ley otorga a las víctimas de daños causados.

Palabras claves: responsabilidad civil; daños; culpa; riesgo; seguro.

Juan Panisello Martínez
Abogado

Este trabajo ha sido finalista del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El jurado ha estado compuesto por: don Carlos Lema Devesa, don José Luis Blanco Pérez, don Pablo Hernández Lahoz, doña Esther Muñiz Espada, don Javier Serra Callejo y don Francisco Javier Silván Rodríguez.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 263 (diciembre 2022)

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El volcán de La Palma: medidas jurídicas para la garantía de los derechos de los afectados

El 19 de septiembre de 2021 comenzó la erupción de un volcán en la zona de Cumbre Vieja en la isla de La Palma, que finalizó el día 13 de diciembre del mismo año. Durante 86 días, los ciudadanos afectados han sufrido la pérdida de sus propiedades, tales como su vivienda habitual, casas rurales, establecimientos profesionales, mercantiles e industriales, así como sus fincas agrícolas y ganaderas.
En el presente trabajo explicamos, desde el punto de vista del derecho administrativo, la labor desempeñada por las Administraciones públicas en tres etapas y su repercusión sobre los afectados:

  1. El prevolcán: Los ciudadanos afectados no fueron informados previamente de los diferentes estudios científicos del fenómeno preeruptivo, que comenzó en 2017.
  2. El volcán: La coordinación entre todos los servicios de seguridad y emergencias de las Administraciones públicas para evitar muertos y lesionados, así como del consenso administrativo de todas las ayudas paliativas aprobadas.
  3. El posvolcán: La necesaria regulación por leyes estatales y canarias de los derechos de los afectados mediante la creación de un estatuto jurídico ad hoc.

Palabras claves: transparencia; coordinación; regulación.

Octavio Manuel Fernández Hernández
Secretario de Administración local, categoría superior.
Ayuntamiento de Candelaria (Tenerife)

Este trabajo ha sido finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Nicolás González-Deleito y Domingo, don José Damián Iranzo Cerezo, don Fabio Pascua Mateo y don Ángel José Sánchez Navarro.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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Euroorden y certidumbre judicial europea

El asunto que tratamos atañe al proceso de construcción europea y versa sobre una circunstancia concreta que atenaza la colaboración directa entre autoridades judiciales europeas, en concreto, sobre la euroorden cursada por el juez instructor del Tribunal Supremo español en el conocido como «caso Puigdemont» y sus aristas. Se dedican estas líneas a la –digamos– azarosa deriva del caso citado en el actual contexto jurídico de la Unión Europea. Sin entrar en los pormenores, adelantamos que este asunto y sus concomitancias ha interferido considerablemente en la dinámica del poder judicial español, al pronunciarse los jueces receptores de las euroórdenes aludidas sobre resultancias fácticas, probatorias y argumentales de las que hay dudas de que puedan disponer o conocer, impidiendo al juez instructor español culminar la instrucción y al Tribunal Supremo ejercer su plena función jurisdiccional. La euroorden es instrumento de importancia en las relaciones entre Estados de la Unión, y cuya vigencia podría quedar en entredicho, tanto como los principios que lo informan y sus derivadas en la integración jurídica europea.

Palabras claves: euroorden; cooperación judicial; reconocimiento mutuo; integración europea; tutela de derechos.

Valle Gómez Herrera
Magistrada-juez de lo Penal
Juez decana de Jaén

José Ángel Marín Gámez

Profesor de Derecho Constitucional.
Universidad de Jaén

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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El derecho se vuelve visual: el creciente uso de imágenes en un entorno hiperregulado

La evolución tecnológica, pareja a cada una de las eras del hombre, ha ido condicionando la forma en que el Derecho se ha comunicado con la sociedad. Las civilizaciones más antiguas dieron fe de sus normas a través de la iconografía en soportes como la piedra. Los egipcios y los fenicios emplearon el papiro. Y la imprenta de Gutenberg multiplicó las posibilidades de comunicación social de las normas, con la escritura como expresión visual y abstracta del mensaje.
Ahora bien, si los medios técnicos permitieron que el Derecho quedase fijado en soportes duraderos (confiriéndole unidad y permanencia), al mismo tiempo favorecieron su reproductibilidad, lo que trajo la promulgación de una multiplicidad de normas. Esta furia normativa ha resultado, con el tiempo, en una regulación fragmentada en la que cualquier aspecto de nuestra cotidianeidad se encuentra sujeto a la aplicación de una variedad de normas.
Los reguladores, conscientes de los problemas asociados con el exceso regulatorio, desde diferentes instancias vienen acometiendo reformas legislativas y políticas públicas que tiendan a una simplificación normativa. En este contexto, el uso de la imagen y de los símbolos gráficos se presenta como un recurso atractivo para lograr la cercanía de la norma y favorecer su entendimiento.

Palabras claves: derecho visual; simplificación normativa; legal design.

Teresa González Ercoreca
Asesora jurídica de empresa.
Especializada en propiedad intelectual y derecho de nuevas tecnologías.

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Nicolás González-Deleito y Domingo, don José Damián Iranzo Cerezo, don Fabio Pascua Mateo y don Ángel José Sánchez Navarro.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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