Casos Prácticos

Casos prácticos de actualidad en el área civil, mercantil, administrativa y penal.

Préstamo entre particulares sin fecha de devolución

El supuesto trata el caso de un préstamo entre dos familiares, Juan y Carmen. Carmen tiene necesidades familiares y en lugar de acudir a un banco le pide a su primo Juan que le preste 5.000 euros. Juan le presta el dinero, pero no formalizan ningún tipo de acuerdo; solo un año después de la entrega del dinero, Carmen le firma a Juan un reconocimiento de deuda, pero no se indica ningún plazo de devolución. Transcurridos más de 5 años, Carmen sigue sin devolver el dinero.
Se plantean diversas cuestiones jurídicas por parte del abogado que se encarga del asunto: procedimiento a seguir, posible prescripción a la luz de la modificación del Código Civil en la materia, derecho sustantivo aplicable y carácter jurídico de la operación de préstamo entre particulares.

Palabras claves: préstamo, civil, particulares, devolución y prescripción.

Miguel Ángel Toledano Jiménez
Abogado
Profesor de Derecho.
CEF y UDIMA

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 179 (diciembre 2015)

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Internamiento involuntario urgente por trastorno psíquico

Los supuestos de trastornos psíquicos que lleguen a determinar el internamiento de un ingreso urgente en un hospital o unidad psiquiátrica para tratamiento médico exigen una serie de presupuestos fundamentales a que se refiere el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que ha sido objeto de interpretación por el Tribunal Constitucional tras la interposición de un recurso de amparo. En tanto suponen una afectación del derecho a la libertad a que se refiere el artículo 17 de la Constitución, los requisitos fijados legalmente deben ser objeto de interpretación restrictiva en el interés de las personas privadas de libertad, lo que incide en el plazo de 72 horas, como límite máximo para que el juez pueda ratificar el internamiento urgente involuntario, que no puede ser en ningún caso objeto de ampliación, así como respecto del contenido de los derechos a la información que ha de tener el afectado, sobre el procedimiento de su situación personal, el derecho a ser asistido de abogado y procurador, y a la prueba. También deben ser objeto de cumplimiento las previsiones legales en relación con la intervención del Ministerio Fiscal como garante de la legalidad, y por tanto de los derechos del internado de manera urgente. Si las previsiones legales se incumplen, se habría producido una restricción o privación de libertad injustificada o al margen de los requisitos establecidos en la ley, con las consecuencias jurídicas que tal vulneración podría producir.

Palabras claves: internamiento involuntario y trastornos psíquicos.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 179 (diciembre 2015)

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Contrato administrativo de obras. Subvenciones. Procedimiento sancionador

El supuesto gira, en primer lugar, sobre diversas cuestiones jurídicas que se plantean en un contrato administrativo celebrado por un organismo autónomo consistente en que, para aumentar la disponibilidad de agua de un pozo, se precisa llevar a cabo una obra. Se plantean cuestiones tales como la naturaleza del contrato, la legalidad de división de su objeto en dos lotes, la publicidad requerida, el procedimiento de adjudicación, la competencia del órgano y la necesidad o no de prestar garantía definitiva en el mismo. A continuación, en un procedimiento puesto en marcha para la adjudicación de viviendas de protección pública, se formulan cuestiones respecto a la finalización del plazo para presentar las solicitudes, la presentación de las mismas, la producción del silencio administrativo en el mismo, la sustitución del órgano competente para resolver al caer enfermo o la posible revisión de oficio de una adjudicación, entre otros. Finalmente, en un procedimiento sancionador por destinar la cantidad entregada en un procedimiento de subvención a otros fines, se traen a colación cuestiones tales como la posible caducidad del procedimiento, el ajuste a derecho de una delegación de firma en la resolución sancionadora, el recurso procedente contra la sanción o la competencia del órgano jurisdiccional que conoce del mismo.

Palabras claves: contrato administrativo de obras, subvenciones y procedimiento sancionador.

Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma
Magistrado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 178 (noviembre 2015)

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Legitimación activa del arrendatario para impugnar acuerdos de la comunidad de propietarios

La junta de la comunidad de propietarios en la llamada propiedad horizontal se convierte en el órgano soberano a la hora de adoptar decisiones en comunidad. Sin embargo, son muy frecuentes los casos en que alguna o algunas de las fincas se encuentran arrendadas por los propietarios, y siendo los inquilinos quienes sufren determinados problemas con la comunidad, no conocen hacia dónde deben dirigir sus reclamaciones, si contra la comunidad como consecuencia de que es ella la que obstaculiza el ejercicio de sus legítimos derechos como arrendatario, o si contra el propietario arrendador por entender que sus problemas con la comunidad son cuestiones dimanantes de su relación arrendaticia, debiendo ser el arrendador quien impugne las decisiones de la comunidad de propietarios.
La respuesta de nuestros tribunales es prácticamente uniforme en el sentido de que el arrendatario carece de legitimación activa para impugnar ante los tribunales los acuerdos de la comunidad de propietarios, salvo en situaciones concretas.

Palabras claves: propiedad horizontal, arrendatarios, impugnación de acuerdos de la comunidad y legitimación activa.

José Ignacio Atienza López
Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 178 (noviembre 2015)

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División de herencia sin previa liquidación de gananciales del difunto. Cauce procesal adecuado

La existencia en la LEC de dos modalidades procesales de división judicial de patrimonios englobadas ambas bajo esta denominación y que integran tanto la división de herencias como el procedimiento para liquidar el régimen económico matrimonial genera importantes problemas prácticos en aquellos casos en que esta última trae su causa del fallecimiento de uno o de los dos cónyuges, y, sin haberse liquidado el patrimonio ganancial, alguno de los herederos promueve la división de la herencia. En este contexto procesal, el problema más frecuente que en la práctica se produce es el de la formación del inventario que realmente engloba dos cuestiones distintas: por una parte, la problemática derivada de la acumulación o no en un mismo proceso de las pretensiones relativas a la liquidación de la sociedad de gananciales disuelta por fallecimiento de uno de los cónyuges (o los dos) y la división del haber hereditario, es decir, cuál es el cauce procesal adecuado para proceder a la división del patrimonio hereditario de un causante, sin que se haya procedido previamente a la liquidación de su sociedad de gananciales; y, por otra parte, la existencia de un inventario sobre el que realizar las operaciones particionales.

Palabras claves: división de herencia, liquidación de gananciales, formación de inventario y procedimiento.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 178 (noviembre 2015)

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El instituto de la conformidad en el procedimiento penal

El instituto de la conformidad tiene como finalidad la agilización de la justicia, evitando la pendencia de los procesos. Existen en la Ley de Enjuiciamiento Criminal varias clases de conformidades que pueden adoptarse en las diferentes fases del procedimiento, siendo posiblemente la más significativa la conformidad privilegiada que minora la pena a imponer por debajo de los límites establecidos en el Código Penal.

Palabras claves: delito contra los derechos de los trabajadores, lesiones imprudentes y conformidad privilegiada.

Ángel Muñoz Marín
Fiscal. Fiscalía General del Estado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 177 (octubre 2015)

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Auto de apertura del juicio oral en el procedimiento penal

La verdadera naturaleza del auto de apertura del juicio oral en el procedimiento abreviado consiste en la determinación del objeto procesal, los hechos acaecidos con significación penal y las personas imputables. La decisión, plasmados los contenidos indicados, no puede ni debe ser revisada por otro órgano judicial; ni por la vía del recurso devolutivo.
«No toda cuestión que concierne a la determinación de la competencia de los Tribunales puede reconducirse a cuestión de contenido constitucional. Solo la arbitrariedad profunda puede justificar acudir a tal contenido constitucional».

Palabras claves: auto de apertura del juicio oral, competencia, cuestiones previas y recurso.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal de Consumidores y Usuarios. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 177 (octubre 2015)

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Derecho al beneficio de justicia gratuita ante la segunda instancia sin solicitud ante la primera

Vulneración del derecho de acceso al recurso de apelación legalmente establecido al denegarse el derecho a la asistencia jurídica gratuita por no haberse solicitado en primera instancia y no haber acreditado que las circunstancias económicas y condiciones necesarias para su obtención sobrevinieran posteriormente. Interpretación del artículo 8.2 de la Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita. En él se regula un supuesto especial, como es el que un ciudadano se vea obligado a solicitar el beneficio de justicia gratuita para actuar en segunda instancia de un proceso no habiéndolo necesitado en primera. La razón por la que no se haya necesitado para la primera instancia puede deberse a diversas causas; la disminución sobrevenida de medios económicos será la causa más común pero ello no impide que el solicitante pueda esgrimir otros motivos para justificar que necesita el beneficio de justicia gratuita para actuar en una segunda instancia. Dentro de estos otros motivos cabe incluir las circunstancias alegadas por la demandada: haber gozado de la ayuda desinteresada de amigos que la asistieron técnicamente en la primera instancia.

Palabras claves: tutela judicial efectiva, beneficio de justicia gratuita, gratuidad en fase de recurso e interpretación de las normas.

José Ignacio Atienza López
Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 177 (octubre 2015)

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La expropiación forzosa, la cesión de bienes y licencias de apertura en la administración local

Aborda el caso distintas y variadas cuestiones que plantea el alcalde de un municipio a su secretario-interventor para que le asesore. En primer lugar, le plantea la necesidad urgente de adquirir una vivienda colindante al edificio municipal respecto a la cual su propietario se niega a venderla. En segundo lugar, la posibilidad de ceder un colegio de titularidad del municipio a la consejería respectiva, titular de la competencia. A continuación, la incidencia jurídica que pudiera tener la decisión de una comunidad de vecinos oponiéndose a la licencia de apertura en el edificio de un local destinado a asador de pollos. Continúan sus dudas respecto a la posible incompatibilidad de concejales en relación con diversas actividades. Igualmente, le plantea sobre si la liquidación de una sociedad de gananciales elevada a escritura pública está sometida al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Finalmente, se plantea el ajuste a derecho de un contrato realizado por el ayuntamiento con una entidad financiera, sin existir expediente de contratación alguno, de servicios bancarios.

Palabras claves: contratos de obras, competencias municipales, licencia de apertura, incompatibilidades de concejal, contrato de servicios e Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 177 (octubre 2015)

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Menor en acogimientos familiar acordado por la entidad pública. Divorcio de los acogedores: medidas y efectos respecto del menor

La situación de acogimiento familiar permanente de un menor acordado por la entidad pública, tras asumir la tutela administrativa a que se refiere el artículo 172.1 del Código Civil, si posteriormente se acuerda judicialmente el divorcio o la separación de los acogedores, cabe preguntarse si puede la sentencia que dicte el juzgado de familia correspondiente, el de primera instancia competente, adoptar medidas respecto de la menor referidas a la guarda y custodia o a la fijación de alimentos del menor, o incluso dejar sin efecto el acogimiento permanente administrativo concertado. La decisión dependerá de las siguientes consideraciones: el primer lugar, el interés del menor y del acogimiento familiar permanente que acordó la entidad pública con los parientes del menor. La sentencia de divorcio o separación no puede adoptar medidas definitivas respecto de los menores acogidos sujetos a tutela administrativa de la entidad pública, con suspensión de la patria potestad, pero sí cautelarmente en interés del menor como medida cautelar de protección las medidas económicas o personales que procedan hasta que se pronuncie la entidad pública sobre el acogimiento, su mantenimiento, su modificación y el alcance de esta.

Palabras claves: menores y acogimiento familiar.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 177 (octubre 2015)

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