Concurso-oposición: limitación del número de opositores que pasan a la fase de concurso en los distintos turnos de acceso
Enviado por Editorial el Jue, 01/02/2018 - 14:06Protección de los derechos fundamentales. Acceso a la función pública. Concurso-oposición con distintos turnos de acceso (libre, promoción interna y discapacitados). Regla limitativa del número de opositores que pasan a la fase de concurso. Sobre si la regla que limita el número máximo de opositores que puedan pasar a la fase de concurso, la denominada «regla limitativa», debe ser la misma, o puede ser diferente, a cada uno de los turnos de acceso en un mismo concurso oposición, cuestión identificada como de interés casacional, debe señalarse que no existe jurisprudencia contradictoria alguna al respecto: la Sentencia de 2 de enero de 2014 declara que, no ofrecida por la Administración una justificación convincente sobre el diferente régimen que la convocatoria litigiosa establece para el acceso de los aspirantes del turno libre a la fase de concurso, esa diferencia de trato es contraria al mandato del artículo 23.2 de la Constitución. Abundando en lo anterior, si en el turno de promoción interna se dispone que con determinada puntuación mínima en la fase de oposición se considera demostrada la aptitud profesional a cuya constatación está dirigida dicha parte del proceso selectivo, y ello es bastante para pasar a la fase de valoración de méritos, no se alcanza a ver qué razón puede justificar que se proceda de manera distinta en el turno libre.


