Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Tribunal Supremo confirma la nulidad de las normas urbanísticas municipales de Mucientes (Valladolid)

El plan urbanístico anulado contemplaba nueve sectores de suelo urbanizable residencial con una superficie bruta de más de 240 hectáreas y una previsión de más de 6.600 viviendas

El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de casación interpuestos por el ayuntamiento de Mucientes (Valladolid) y Desarrollos Urbanísticos Mucientes, S. L. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 15 de marzo de 2013, que declaró la nulidad del acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid por el que se aprobaron las Normas Urbanísticas Municipales de dicha localidad. El plan urbanístico anulado contemplaba nueve sectores de suelo urbanizable residencial con una superficie bruta de más de 240 hectáreas y una previsión de más de 6.600 viviendas.

El Supremo confirma la sanción de un año a un juez de Tarragona por un retraso injustificado de procesos y causas

El Supremo subraya que no se trata de sancionar el incumplimiento de los módulos de trabajo "sino que lo que se reprocha es la constatación de que, en términos absolutos, atendidas las circunstancias del propio Juzgado, la actividad desplegada por el recurrente en la labor fundamental como juez de lo Penal, de dictar sentencias y despachar las correspondientes ejecutorias, resulta manifiestamente insuficiente y escaso”

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de un año de suspensión de funciones impuesta a un juez de lo Penal de Tarragona por falta muy grave de retraso injustificado de procesos y causas. Según el acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, de 15 de octubre de 2013, que impuso la sanción, esta persona fue el juez de lo Penal de toda España que menos sentencias dictó durante 2012. Así, ese año dictó 107 sentencias, cuando la media de la comunidad autónoma era de 451, y en toda España, de 464. En el año 2011, el mismo Juzgado -al que dicho juez se incorporó el 9 de noviembre de ese año- dictó 396 sentencias.

El Tribunal de Justicia desestima los dos recursos interpuestos por España contra los reglamentos por los que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la creación de una protección unitaria mediante patente

El actual sistema de protección de las patentes europeas está regulado por el Convenio sobre la patente europea (CPE), un acuerdo internacional que no forma parte del Derecho de la UE1. Este Convenio prevé que, en cada uno de los Estados contratantes para los que se conceda, la patente europea tendrá los mismos efectos y estará sometida al mismo régimen que una patente nacional concedida en dicho Estado.

Mediante el «paquete patente unitaria»2, el legislador de la Unión ha querido conferir a la patente europea una protección unitaria y establecer un tribunal unificado en ese ámbito. En el sistema del CPE, las patentes europeas garantizan, en cada uno de los Estados parte en dicho Convenio, una protección cuyo alcance viene definido por el Derecho nacional de cada Estado. En cambio, en el sistema de la patente europea de efecto unitario (PEEU), el Derecho nacional designado con arreglo al Reglamento nº 1257/2012 será de aplicación en el territorio del conjunto de los Estados miembros participantes en los que esta patente tenga un efecto unitario, lo que garantizará la uniformidad de la protección conferida por la patente. Las disposiciones sobre traducción aplicables a la PEEU, que se basan en el procedimiento que aplica actualmente la Oficina Europea de Patentes, aspiran a conciliar los intereses de los operadores económicos y el interés público en términos de coste del procedimiento y de disponibilidad de información técnica. Las lenguas oficiales de la Oficina son el alemán, el inglés y el francés. Por otro lado, el legislador de la UE considera que, con el fin de garantizar el funcionamiento adecuado de la PEEU, la coherencia de la jurisprudencia y por ende la seguridad jurídica, así como la relación coste/eficacia para los titulares de patentes, es esencial crear un tribunal unificado de patentes que conozca de los litigios relativos a dicha patente.

El Supremo fija doctrina contra cláusulas abusivas que establecen intereses de demora en los préstamos bancarios

La consecuencia de esta declaración de abusividad consiste en que el préstamo devengará exclusivamente el interés remuneratorio, eliminando completamente el incremento porcentual en que consiste el interés de demora abusivo

El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el carácter abusivo de los intereses de demora en los contratos de préstamo sin garantía hipotecaria celebrados con consumidores.

La Audiencia Nacional suspende la huelga de futbolistas

La Sala de lo Social estima la medida cautelar solicitada por la LFP

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha estimado la medida cautelar solicitada por la Liga de Futbol Profesional (LFP) y suspende la huelga convocada por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) para las dos próximas jornadas del campeonato; mediante Auto de 14 de mayo de 2015.

En un auto, los magistrados condicionan la suspensión de la huelga a la aportación de una caución por parte de la LFP de cinco millones de euros que deberán depositar en la cuenta bancaria de la Sala antes de las tres de la tarde.

Fuente: Poder Judicial

El Abogado General del TJUE afirma que la Ley Antidesahucios es contraria al derecho europeo

En las conclusiones presentadas por el Abogado General, el sr. Maciej Szpunar, en la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Martorell, se vuelve a incidir, una vez más, en determinados aspectos del sistema hipotecario español que no son conformes al derecho europeo.

La cuestión se planteó en el marco de un proceso de ejecución hipotecaria iniciado por el BBVA como sucesor de Unim Banc, absorbido en 2013. El procedimiento se había iniciado antes de la entrada en vigor de la Ley 1/2013, el 15 de mayo de 2013, fecha en la que aún continuaba pendiente. Las partes demandadas en el litigio principal presentaron incidente extraordinario de oposición a la ejecución hipotecaria el 17 de junio de 2013, es decir, una vez expirado el plazo de un mes previsto a tal efecto por la disposición transitoria cuarta. Alegaron ante el órgano jurisdiccional remitente que el señalamiento de un plazo preclusivo para invocar la abusividad de las cláusulas establecidas en el título ejecutivo no resultaba conforme con la Directiva 93/13.

El TS considera razonable fijar en el 25% el uso del castellano en las escuelas de Cataluña, incluyendo una asignatura troncal

La Sala Tercera avala el porcentaje fijado por el TSJ de Cataluña al ejecutar las sentencias dictadas por el alto tribunal desde 2010

El Tribunal Supremo considera razonable fijar en un 25% el uso del castellano en las escuelas de Cataluña y que incluya una asignatura troncal y no solo la de lengua castellana. La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, avala así el porcentaje fijado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña al ejecutar las sentencias del alto tribunal que desde 2010 vienen reconociendo el uso del castellano como lengua vehicular en las escuelas catalanas.

La Unión Europea permite excluir a los homosexuales de la donación de sangre

La Unión Europea permite excluir a los homosexuales de la donación de sangre

Puede resultar justificado excluir permanentemente de la donación de sangre a los hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres, habida cuenta de la situación predominante en el Estado miembro de que se trate

Para ello es preciso demostrar que estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves, como el VIH, y que no existen técnicas eficaces de detección o métodos menos coercitivos para garantizar un alto nivel de protección de la salud de los receptores.

El TSJ de Madrid suspende cautelarmente la Instrucción sobre legalización de libros

El Tribunal de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso), dicta con fecha 27 de abril de 2015, un auto que suspende cautelarmente la aplicación de la Instrucción de 12 de febrero de 2015 de la DGRN, sobre legalización de libros de los empresarios en aplicación del artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización1.

Selección de jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 a 30 de abril de 2015) 

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