Legislación Estatal

Normativa estatal de interés civil, mercantil, administrativo y penal, recientemente aprobada.

Aprobado el procedimiento extrajudicial para la devolución de las cláusulas suelo indebidas

  • El trámite es gratuito para el consumidor y las entidades tendrán tres meses para resolver las reclamaciones
  • El pago será en efectivo, aunque el cliente y la entidad podrán acordar otras fórmulas, como la novación de la hipoteca
  • Una comisión de seguimiento vigilará el proceso con especial protección hacia las personas más vulnerables

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que se publica en el BOE de 21 de enero de 2017. En él se establece un cauce extrajudicial para resolver, de forma sencilla, rápida y gratuita, las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales. El procedimiento será obligatorio para la entidad financiera cuando lo solicite el cliente, y ésta tendrá tres meses para llegar a un acuerdo y resolver las reclamaciones. Aunque la vía judicial siempre está abierta, se trata de evitar el colapso de los Tribunales y permitir que todo el proceso se lleve a cabo con las debidas garantías para el consumidor.

Cómputo de plazos en la Administración General del Estado: Días inhábiles para el 2017

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley 39/2015 (LPAC), en el BOE de 30 de diciembre, se publica la Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2017, a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial, que ha sido fijado en la Resolución de 4 de octubre de 2016

Interés de demora aplicable a las operaciones comerciales

El BOE de 29 de diciembre, publica la Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2017.

Publicado en el BOE de 29 de diciembre, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2017 es el 8,00 por 100.

Procedimiento de concesión de la nacionalidad española por residencia

Con entrada en vigor el 12 de octubre, se publica en el BOE de11 de octubre, la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia.

El procedimiento será electrónico a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, sin perjuicio de la posible presentación de la solicitud en cualquiera de las formas previstas en el RD 1004/2015, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia

Se inicia por solicitud del interesado, o bien de su representante en caso de menores de 14 años, o asistido por el mismo en caso de  mayores de 14 y menores de  18 años (adjuntando escaneado el documento justificativo de la representación).

Modelos normalizados para el Juicio verbal, Juicio monitorio y Jurisdicción voluntaria

Se publica en el BOE de 28 de enero de 2016 el Acuerdo de 22 de diciembre de 2015, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueban los modelos normalizados previstos en las leyes de Enjuiciamiento Civil y de Jurisdicción Voluntaria.

La Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, introdujo en el artículo 438, la previsión de que existan a disposición de los demandados, en los casos de juicios verbales en los que sea posible actuar sin abogado ni procurador, impresos normalizados para contestar a la demanda. Dichos impresos deben estar en el Juzgado a disposición de los demandados y en el Decreto de admisión se les debe comunicar esa disponibilidad.

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