Procedimiento de concesión de la nacionalidad española por residencia
Enviado por Editorial el Mar, 11/10/2016 - 10:55Con entrada en vigor el 12 de octubre, se publica en el BOE de11 de octubre, la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia.
El procedimiento será electrónico a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, sin perjuicio de la posible presentación de la solicitud en cualquiera de las formas previstas en el RD 1004/2015, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia
Se inicia por solicitud del interesado, o bien de su representante en caso de menores de 14 años, o asistido por el mismo en caso de mayores de 14 y menores de 18 años (adjuntando escaneado el documento justificativo de la representación).