El TS confirma la inaplicación de la amnistía al delito de malversación a C. Puigdemont, Antoni Comín y Lluis Puig
Enviado por Editorial el Jue, 12/09/2024 - 12:00El instructor subraya que el artículo 1.4 de la Ley indica que el enriquecimiento alcanza cualquier beneficio que hubiera exigido del pago de una contraprestación dineraria (contenido patrimonial) aunque no aumente materialmente el nivel de riqueza del sujeto.
El magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, ha desestimado los recursos de reforma presentados por el expresidente de la Generalitat catalana Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín y Lluis Puig, así como por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, contra su auto, de 1 de julio, en el que declaró no aplicable la amnistía al delito de malversación de caudales públicos por el que los tres primeros se encuentran procesados.


