Publicado el Real Decreto de desarrollo de Entidades de dinero electrónico
Enviado por Editorial el Lun, 07/05/2012 - 09:02El pasado viernes, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico, con el que se finaliza la transposición completa de la Directiva 2009/110/CE, de 16 de septiembre, sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y su ejercicio, así como sobre la supervisión prudencial de dichas entidades, por la que se modifican las Directivas 2005/60/CE y 2006/48/CE y se deroga la Directiva 2000/46/CE, ya incorporada en su mayor parte al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 21/2011, de 26 de julio.
La norma tiene tres objetivos fundamentales:
- Precisar el régimen jurídico aplicable a la emisión de dinero electrónico y clarificar su definición y el ámbito de aplicación de la misma.
- Completar el diseño de un régimen jurídico mas proporcionado para estas entidades que, hasta ahora soportaban costes elevados.
- Establecer regímenes de supervisión y sancionador para estas entidades, similar al de las entidades de crédito.
La norma su estructura en 27 artículos, distribuidos en siete Capítulos, una disposición transitoria, una derogatoria del Real Decreto 322/2008, de 29 de febrero, sobre régimen jurídico de las entidades de dinero electrónico (aunque esta norma ya estaba derogada desde el 28 de julio de 2011 por la Ley 21/2011, de 26 de julio) y tres disposiciones finales.