Es necesaria copia autorizada de la escritura de renuncia al cargo de administrador para su inscripción
Enviado por Editorial el Jue, 15/04/2021 - 14:41Registro Mercantil. Solicitud de inscripción de la renuncia al cargo de administrador único acompañada únicamente de copia simple de la escritura en que dicha renuncia se formalizó.
Uno de los principios básicos de nuestro sistema registral es el llamado principio de legalidad que, por la especial trascendencia de efectos derivados de los asientos del Registro (que gozan «erga omnes» de la presunción de exactitud y validez y se hallan bajo la salvaguardia jurisdiccional), está fundado en esa rigurosa selección de los títulos inscribibles sometidos a la calificación del registrador, y en este sentido, el artículo 18.1 del Código de Comercio establece la exigencia de documento público para que pueda practicarse la inscripción en los libros registrales y añade que sólo podrá practicarse en virtud de documento privado en los casos expresamente prevenidos en las Leyes y en el Reglamento del Registro Mercantil.