Declaración de obra nueva preexistente. Coincidencia con la superficie de la finca sobre la que se pretende su inscripción
Enviado por Editorial el Mar, 15/12/2020 - 13:12Registro de la Propiedad. Georreferenciación. Declaración de obra nueva preexistente. Determinación de si la misma se encuentra enclavada o no en la finca registral sobre la que se pretende su inscripción.
Para inscribir cualquier edificación, nueva o antigua, cuya declaración documental y solicitud de inscripción se presente en el Registro de la Propiedad a partir del 1 de noviembre de 2015, fecha de la plena entrada en vigor de la Ley 13/2015, será requisito, en todo caso identificar la porción de suelo ocupada mediante sus coordenadas de referenciación geográfica. El cumplimiento de tal exigencia, cuando además conste inscrita la delimitación georreferenciada de la finca, permite efectuar el análisis geométrico espacial y concluir, sin ningún género de dudas, si la porción ocupada por la edificación, debidamente georreferenciada, está o no totalmente incluida dentro de la porción de suelo correspondiente a la finca. Pero cuando la finca no tiene previamente inscrita su georreferenciación, tal análisis geométrico espacial resultará difícil en ocasiones o imposible en otras, y puede no llegar a disipar las dudas acerca de si la concreta edificación declarada está o no efectivamente ubicada en su totalidad dentro de la finca sobre la que se declara. Por ello, con carácter general, la obligada georreferenciación de la superficie ocupada por cualquier edificación, no requiere, desde el punto de vista procedimental, que se tramite un procedimiento jurídico especial con notificación y citaciones a colindantes y posibles terceros afectados, salvo que registrador en su calificación sí lo estimare preciso para disipar tales dudas fundadas acerca de que la edificación se encuentre efectivamente incluida en la finca sobre la que se declara.