Condena al Banco CAM S.A.U. a abonar la suma procedente de un impago por incumplimiento contractual de un promotor al que avaló
Enviado por Editorial el Mié, 08/02/2012 - 07:43
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Alicante ha condenado al Banco CAM S.A.U. (personado en la causa a través de un incidente de sucesión procesal, al haberse subrogado este en las obligaciones de demandada Caja de Ahorros del Mediterráneo, CAM) al pago a la mercantil demandante, Unibail Rodamco Benidorm S.L., de más de 24 millones de euros, concretamente, 24.033. 839,17 euros, más intereses y costas.
El procedimiento trae causa del contrato de compraventa suscrito entre la sociedad citada y la constructora Enrique Ortiz e Hijos Contratista de Obras S.A., cuyo objeto era una parcela sita en el municipio de Benidorm que iba a ser destinada a la promoción de un centro comercial. Dada la incierta situación urbanística de la parcela, se pactó una reducción en el precio de venta de 24.033.839,17 € si no llegaban a darse las condiciones necesarias para construir el centro comercial en un plazo determinado, reservándose el vendedor la facultad de resolver el contrato antes de que operara la reducción del precio, lo que le permitía recuperar la parcela devolviendo el precio percibido. Precisamente para garantizar la restitución del exceso de precio se exigió el otorgamiento de un aval a primer requerimiento, que quedó incorporado a la escritura, y es esta garantía, emitida por la Caja de Ahorros del Mediterráneo a favor de Unibail Rodamco Benidorm S.L. para garantizar de forma independiente y solidaria con la mercantil Enrique Ortiz e Hijos Contratista de Obras S.A. el pago de la repetida suma de 24.033.839,17 €, la que constituye el objeto del proceso.