No responsabilidad patrimonial del Estado por la escolarización de un discapacitado en un centro de educación especial y no ordinario
Enviado por Editorial el Vie, 31/05/2024 - 10:06Responsabilidad patrimonial del Estado. Educación de discapacitados. Derechos fundamentales de la persona. Escolarización de centros de educación especial. Integración de discapacitados.
Rechazado la responsabilidad patrimonial del Estado que reclamaban los padres de un menor con síndrome de Down a quienes el Comité de Derechos para las personas con discapacidad había reconocido la vulneración de sus derechos fundamentales por haber sido escolarizado en un centro de educación especial y no en un centro de educación ordinaria, como solicitaban los padres. Se exige de las administraciones una concreta puesta de medios que procure esa integración en el sistema educativo ordinario con las debidas adaptaciones en función de las necesidades del interesado y sólo cabe acudir al régimen de centros de educación especial si se justifica que, agotados los esfuerzos para esa integración.