La naturaleza penal de la infracción administrativa y el derecho al reexamen de la sentencia recurrida
Enviado por Editorial el Mar, 01/10/2024 - 13:07Procedimiento sancionador. Sistema de recursos. Exigencia de la doble instancia. Reexamen jurisdiccional por considerarse la infracción como de naturaleza penal.
El objeto del recurso de casación se centra en determinar si es susceptible la sentencia de instancia del reexamen jurisdiccional dado que revisa una resolución sancionadora por una infracción que pueda ser considerada como de naturaleza penal, lo cual no forma parte de la sentencia propiamente dicha, sino del régimen de recursos que se establece en nuestra legislación procesal.
La Sala estima que constituye, conforme a los dos primeros criterios Engels, una infracción administrativa, sin embargo, esa tipificación legal es irrelevante. De otra parte, en relación al segundo de los criterios, referido a la naturaleza de las conductas tipificadas, están referidas a todas las personas que causen daños al dominio público hidráulico, que es precisamente el bien jurídico que se pretende proteger, y la finalidad es claramente disuasoria, por lo que serían de aplicación las consideraciones establecidas a los efectos del segundo de los criterios, determinante de la atribución de la naturaleza de la infracción.


