Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Reseñas de legislación (del 1 a 15 de abril de 2014)


ESTATAL


 

Nueva regulación de la Administración corporativa.
Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

(BOE de 2 de abril de 2014)

Relación de trámites mediante documentos electrónicos normalizados susceptibles de ser presentados ante el Registro Electrónico de la CNMV. Gestión informatizada.
Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el anexo I de la Resolución de 16 de noviembre de 2011, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

(BOE de 2 de abril de 2014)

Se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico

Se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico

Aunque algunas de las reformas que introduce la Ley 6/2014, de 7 de abril, deben ser concretadas posteriormente  en la norma reglamentaria de desarrollo (especialmente con la futura reforma del Reglamento de Circulación aprobado por el RD 1428/2003), podemos señalar como principales novedades que introduce en el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, las siguientes:

  • El hasta ahora denominado «Consejo Superior de Seguridad Vial» retoma la denominación más precisa de «Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible». Por otra parte, se crea la Conferencia Sectorial de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible como órgano de cooperación entre la Administración General del Estado y las administraciones de las Comunidades Autónomas que hayan asumido,  competencias para la protección de personas y bienes y el mantenimiento del orden público y, además, tengan transferidas funciones ejecutivas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

Nueva ley que regulará el funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España

Publicada en el BOE de 2 de abril, la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, como corporaciones de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que son la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades. Asimismo, ejercerán las competencias de carácter público que les atribuye la Ley y las Administraciones Públicas (ejercicio de funciones público-administrativas).

Circular 1/2014, de 26 de febrero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre los requisitos de organización interna y de las funciones de control de las entidades que prestan servicios de inversión

Publicada en el BOE de 3 de abril de 2014, concreta la estructura organizativa y los requisitos de control interno de las entidades que prestan servicios de inversión para garantizar que, en general, su organización responda a la gama de servicios que prestan. Asimismo, y para reforzar las medidas dirigidas a la protección de los inversores, especifica las responsabilidades y tareas a desarrollar por las unidades a las que corresponda desempeñar las funciones de cumplimiento normativo, así como las de gestión de riesgos y auditoría interna.

Reseñas de legislación (del 16 al 31 de marzo de 2014)

Modificación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Publicada en el BOE de 28 de marzo, con la que se procede a modificar el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, a fin de transponer al derecho interno la Directiva 2011/83/UE, cuyo artículo 28 señalaba que “Los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 13 de diciembre de 2013, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la misma”.

Derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales

Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior

La Directiva, publicada en el DOUE del 20 de marzo, establece los requisitos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de la gestión de los derechos de autor y los derechos afines a los derechos de autor por las entidades de gestión colectiva y los requisitos relativos a la concesión, por las entidades de gestión colectiva, de licencias multiterritoriales de derechos de autor sobre obras musicales para su utilización en línea . Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 10 de abril de 2016

Reseñas de legislación (del 1 a 15 de marzo de 2014)

Indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal durante 2014, causados a las personas en accidentes de circulación

Por fin ha salido publicada en el BOE del sábado 15 de marzo, la resolución que aprueba el baremo que debe utilizarse para  el cálculo de las indemnizaciones en los accidentes de tráfico para el año 2014, y que como bien sabemos, también se suele utilizar por la jurisprudencia para establecer las indemnizaciones en supuestos que haya lesionados no solo en los accidentes de circulación.

Reforma y limitación de la justicia universal. Ley Orgánica 1/2014, de 13 de marzo

La justicia universal, en un principio, supuso otorgar a la jurisdicción española, competencia para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera de territorio nacional en relación a los delitos de genocidio, terrorismo, piratería, falsificación de moneda extranjera, prostitución y tráfico de drogas. La lista de delitos fue ampliándose por reformas posteriores, como la prostitución y corrupción de menores o incapaces (LO 11/1999), mutilación genital (LO 3/2005) y tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas (LO 13/2007).

Posteriormente, la regulación de la justicia universal, se vio limitada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (entro en vigor el 5 de noviembre), donde partir de entonces, además de eliminar de la lista la falsificación de moneda, la Audiencia Nacional solo podía investigar delitos contra la humanidad cometidos en el exterior en el supuesto de que los acusados se encontraran en España, alguna de las víctimas tiene nacionalidad española,  o se constate  algún vínculo de conexión relevante con España y, en todo caso, que en otro país competente o  Tribunal internacional no se haya iniciado procedimiento que suponga una investigación y una persecución efectiva,  de los hechos punibles (iniciado ante la jurisdicción española se sobreseerá provisionalmente cuando conste el comienzo de proceso sobre los mismos hechos denunciados en otro país competente  o Tribunal internacional.

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