Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Reforma de la LO del Tribunal Constitucional para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones

Se publica en el BOE de 17 de octubre, la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales

Se publica en el BOE de 16 de octubre, el Real Decreto 867/2015, de 2 de octubre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico para el cese de actividad y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada y el cese de actividad de las empresas individuales, que entrará en vigor el 16 de abril de 2016.

Publicada la Ley de Sociedades Laborales y Participadas

La Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, publicada en el BOE del 15 de octubre y en vigor el próximo 14 de noviembre, establece un nuevo marco jurídico para estas entidades societarias, con los objetivos básicos de actualizar y mejorar el contenido de la Ley 4/1997, de Sociedades Laborales (que se deroga), en función de las reformas llevadas a cabo en el ámbito del derecho de sociedades, y reforzar la naturaleza, las funciones y la caracterización de la sociedad laboral como enti­dad de la economía social, poniendo de relieve sus especificidades.

Reseñas de legislación (1 a 15 de octubre 2015)


ESTATAL


Administraciones Públicas. Procedimiento administrativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(BOE de 2 de octubre de 2015)

Sector Público. Régimen jurídico
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

(BOE de 2 de octubre de 2015)

Nuevo Código Penal Militar

Publicada en el BOE de 15 de octubre la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar que entrará en vigor el 15 de enero de 2016 (a los tres meses de su publicación en el BOE) y se aplicará a todos los hechos punibles que se cometan a partir de su vigencia. Deroga el anterior Código penal militar contenido en la Ley Orgánica 13/1985, teniendo en cuenta que en las sentencias dictadas conforme a la legislación que se deroga y que no sean firmes por hallarse pendientes de recurso, se aplicarán de oficio o a instancia de parte los preceptos de este Código, cuando resulten más favorables al reo, previa audiencia del mismo.

Inscripción en el Registro Civil de nacimientos desde centros sanitarios

Publicada en el BOE de 14 de octubre y de entrada en vigor el 15 de octubre, la Instrucción de 9 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios.

La Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil modificó la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil con la intención de que, a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, el 15 de octubre de 2015, ya no sea necesario, acudir personalmente a la Oficina de Registro Civil para realizar la inscripción de los recién nacidos, ya que se realizará directamente desde los centros sanitarios, a modo de «ventanilla única» donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil, amparado con el certificado reconocido de firma electrónica del facultativo.

Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ley 41/2015, de 5 de octubre

A la espera de una reforma en mayor profundidad que traiga consigo el futuro Código Procesal Penal, hay reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que no pueden demorarse más, como  son el fortalecimiento de las garantías procesales del investigado, en relación a la investigación tecnológica en el ámbito de los derechos a la intimidad, el secreto de las comunicaciones y la protección de datos personales garantizados por la Constitución, carentes de marco legal por tratarse de una ley aprobada en 1882.

Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre

A la espera de una reforma en mayor profundidad que traiga consigo el futuro Código Procesal Penal, hay reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que no pueden demorarse más, como  son el fortalecimiento de las garantías procesales del investigado, en relación a la investigación tecnológica en el ámbito de los derechos a la intimidad, el secreto de las comunicaciones y la protección de datos personales garantizados por la Constitución, carentes de marco legal por tratarse de una ley aprobada en 1882.

Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el uso de las nuevas tecnologías

Se publica en el BOE de 6 de octubre la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil que entrará en vigor el 7 de octubre de 2015, excepto:

  • Las previsiones relativas a la obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, que aún no lo hagan, de emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley procesal y de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación, entrarán en vigor el 1 de enero de 2016, respecto de los procedimientos que se inicien a partir de esta fecha.

Novedades en el régimen jurídico de la Administración

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ilustra perfectamente en su título el objeto tratado: tal y como expresa su preámbulo, abarca la legislación básica sobre régimen jurídico administrativo, aplicable a todas las Administraciones Públicas y el régimen jurídico específico de la Administración General del Estado, incluidas la Administración institucional y la Administración periférica del Estado; contiene también la regulación sistemática de las relaciones internas entre las Administraciones, estableciendo los principios generales de actuación y técnicas de relación entre los sujetos públicos, sistematizando el ordenamiento de las relaciones ad intra e inter Administraciones, al que complementan la normativa presupuestaria y la Ley del Gobierno, que se sigue manteniendo separada de la norma reguladora de la Administración, que este dirige, dadas su naturaleza y funciones eminentemente políticas, pero que sufre, sin embargo, una reforma orientada a extraer aquellas materias que, por ser más propias de la organización y funciones de los miembros del gobierno en cuanto que órganos administrativos, deben regularse en la norma aquí objeto del presente comentario.

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