El Tribunal Supremo anula el desahucio del inquilino de una vivienda de protección oficial de Madrid por expiración del plazo
Enviado por Editorial el Jue, 25/05/2017 - 10:53La Sala Primera del Tribunal Supremo, en su sentencia de 12 de mayo de 2017, cuyo ponente ha sido el magistrado D. José Antonio Seijas Quintana, ha estimado el recurso de casación interpuesto por los arrendatarios contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que había acordado el desahucio de una vivienda de protección oficial de promoción pública por terminación del plazo fijado en el contrato.
El procedimiento trae causa de la demanda planteada por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS) en la que pretendía el desahucio por expiración del plazo con base en las normas generales del Código Civil y de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Mientras que la sentencia de primera instancia desestimó la demanda, al entender que existía una evidente contradicción entre las cláusulas contractuales relativas a la duración del contrato y que este debía interpretarse en favor del arrendatario, que nada había tenido que ver en la redacción de tales cláusulas, la audiencia provincial acogió las pretensiones de la EMVS, estimó su recurso de apelación y, en consecuencia, su demanda, accediendo al desahucio de los inquilinos.