Artículos de Derecho Administrativo

Artículos doctrinales de Derecho Administrativo

La figura del letrado de la Administración de Justicia y su proyección al derecho a la tutela judicial efectiva. (Reflexiones críticas y propuestas de futuro a partir de un conflicto laboral)

Que a lo largo las primeras semanas de 2023 se haya desarrollado una huelga indefinida por parte de los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia colocó en el centro de la atención pública a estos operadores jurídicos. El conflicto laboral en sí resulta, como es lógico, mayormente indiferente a la sociedad. Pero sus consecuencias, no. Se paralizaron centenares de miles de actuaciones judiciales de toda índole, añadiendo más retraso si cabe a la prestación del derecho a la tutela judicial efectiva que ya, per se, se produce casi de manera estructural. Bien, ¿tan importante es entonces este funcionario? ¿Por qué el ejercicio de huelga de uno de los elementos humanos integrados en la Administración de Justicia causa tan graves efectos en la garantía judicial de los derechos subjetivos? Se pretende aquí estudiar esa figura, sus funciones y marco normativo en orden a su proyección a tal garantía que, no se olvide, se halla constitucionalizada a plenos efectos; y extraer de ello consecuencias que quizá demuestren fallos legislativos sistémicos en la conceptuación estructural y desarrollo del itinerario normativo insertado para la consecución de esa tutela judicial efectiva.

Palabras claves: letrado; justicia; tutela judicial efectiva; huelga; funciones.

Eduardo Sánchez Álvarez
Profesor asociado (acreditado a profesor contratado doctor).
Universidad de Oviedo (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 279 (abril 2024)

La Administración pública sanitaria en España: análisis actualizado del informe anual del SNS desde una perspectiva administrativo-financiera

El presente documento busca aportar una aproximación detallada al Sistema Nacional de Salud desde una perspectiva jurídico-financiera, abordando aspectos como la financiación, la distribución del gasto o la respuesta ante la pandemia de la covid-19. Para ello, se analizan datos específicos recogidos en el más actual informe anual del Ministerio de Sanidad, reflexionando sobre los presupuestos asignados, la inversión per cápita, la distribución de profesionales de la salud, etc.; proporcionando, así, una visión integral de la situación actual del sistema sanitario español.

Palabras claves: Administración pública sanitaria; Sistema Nacional de Salud; derecho administrativo sanitario; derecho a la protección de la salud; organización sanitaria.

David López Santos
Jurista
Funcionario del Sistema Nacional de Salud (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 278 (marzo 2024)

El impacto de la covid-19 sobre el orden constitucional español

La fuerte conmoción sufrida en los regímenes constitucionales de nuestro entorno por la pandemia del coronavirus se ha visto reflejada, principalmente, en la generación de estados de emergencia o excepción (formales o de facto), la atenuación de los controles parlamentarios sobre las medidas adoptadas por los gobiernos (que han supuesto la privación o limitación de los derechos fundamentales y las libertades públicas) e, incluso, la revisión de algunos de los supuestos ideológicos del constitucionalismo (por ejemplo, el modo de concebir la intervención del Estado sobre la sociedad o los controles y equilibrios entre poderes). Por lo que se refiere a España, los problemas más relevantes y controvertidos que, desde la perspectiva del derecho constitucional, ha traído consigo la pandemia del coronavirus han sido la preterición del Parlamento, del que la suspensión de su actividad al inicio de la crisis y el uso excesivo y arbitrario del decreto-ley son sus muestras más significativas, y el relativo a la conformidad con la Constitución de las medidas restrictivas de derechos adoptadas para afrontar la emergencia de salud pública provocada por la covid-19, que no solo ha sido cuestionada por diferentes resoluciones judiciales y parte de la academia, sino por el mismo Tribunal Constitucional, que ha llegado a desautorizar las decisiones más significativas de los titulares del poder de excepción.

Palabras claves: covid-19; Constitución; derechos fundamentales; régimen parlamentario.

David Parra Gómez
Profesor contratado doctor de Derecho Constitucional.
Universidad de Murcia (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 277 (febrero 2024)

Una reflexión sobre los principios de efectividad y equivalencia en la jurisprudencia del TJUE a propósito del asunto C-278/20, Comisión c. España

En el asunto C-278/20, Comisión c. España, el TJUE ha declarado que España incumplió las obligaciones que le incumben en virtud del principio de efectividad al adoptar los artículos 32, aps. 3 a 6, y 34, ap. 1, de la Ley 40/2015, y el artículo 67, ap. 1, de la Ley 39/2015. En cambio, el TJ ha constatado que el sistema español de responsabilidad patrimonial del Estado legislador en caso de infracción de derecho de la Unión no vulnera el principio de equivalencia. Esta sentencia ha venido a unirse a la jurisprudencia previa del TJ sobre la responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del derecho de la Unión. En esta contribución se analiza la posición del tribunal, valorando si ha seguido una línea coherente con sus pronunciamientos anteriores sobre la cuestión.

Palabras claves: principio de efectividad; principio de equivalencia; responsabilidad patrimonial por actos legislativos contrarios al derecho de la UE.

Beatriz Vázquez Rodríguez
Profesora contratada doctora de Derecho Internacional Público.
Universidad de Oviedo (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 276 (enero 2024)

El secreto de las comunicaciones y las grabaciones ambientales realizadas por terceros sin autorización judicial

No toda grabación de conversaciones ajenas realizada sin autorización judicial constituye una vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones. El quebrantamiento de este derecho fundamental requiere una actuación encaminada a tomar conocimiento de la comunicación secreta, lo que no sucede cuando un tercero accede a ella de manera natural, sin proponérselo. En estos casos, los interlocutores carecen de una expectativa razonable de privacidad frente a dicho tercero, quien puede grabar aquello que escucha sin incurrir en ningún reproche jurídico. Lo que no puede hacer el autor de la grabación es difundirla sin el consentimiento de los interlocutores, pues ello vulnera su derecho a la intimidad. Dicha grabación sí puede ser utilizada como prueba en un procedimiento judicial o administrativo, salvo que la conversación grabada haya sido provocada con la intención de que alguno de los interlocutores realice manifestaciones que puedan ser utilizadas en su contra, viéndose así conculcados los derechos a un proceso con todas las garantías, a no declarar contra sí mismo o a no confesarse culpable.

Palabras claves: grabaciones ambientales; secreto de las comunicaciones; intimidad; expectativa razonable de privacidad.

David Colomer Bea
Profesor de Derecho Penal.
Universitat de València (España)

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2023 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Raúl Leopoldo Canosa Usera, doña Ana Cremades Leguina, doña Silvia Díaz Sastre, don Rafael Fernández Valverde y don Luis Pérez de Ayala Becerril.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 275 (diciembre 2023)

Los beneficios fiscales: una técnica administrativa de fomento, necesitada de evaluación periódica

Los incentivos fiscales son uno de los principales instrumentos de la actividad de fomento de las Administraciones públicas y representan en torno al 5 % del producto interior bruto español para 2023. Con una función muy similar a la subvención, en estas páginas se destacan algunas ventajas que esta técnica presenta en términos de rapidez en la gestión de la ayuda y reducción de las cargas burocráticas para la Administración. Por otro lado, aunque la Constitución reconoce expresamente la existencia de este instrumento, lo hace bajo diversos condicionantes, explícitos, como la reserva de ley para establecerlos, e implícitos, pues deberán ser compatibles con los principios constitucionales que regulan los ingresos y los gastos públicos (artículo 31, apartados 1 y 2). Así, solo el eficaz cumplimiento de un fin de interés general, por otro lado, exigido por el artículo 103.1 de la CE para toda la actuación de la Administración pública, justificará su existencia. Esta adherencia al interés general debe mantenerse a lo largo de toda la vida del beneficio fiscal. Por esta razón, el trabajo concluye analizando los mecanismos de evaluación ex post de la eficacia de los incentivos fiscales actualmente disponibles, en especial los que se vienen desarrollando desde 2019 por impulso de la Unión Europea.

Palabras claves: beneficios fiscales; actividad administrativa de fomento; evaluación de políticas públicas; gasto público.

Fabio Pascua Mateo
Catedrático de Derecho Administrativo.
Universidad Complutense de Madrid
Letrado de las Cortes Generales (España)

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2023 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Raúl Leopoldo Canosa Usera, doña Ana Cremades Leguina, doña Silvia Díaz Sastre, don Rafael Fernández Valverde y don Luis Pérez de Ayala Becerril.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 274 (noviembre 2023)

¿Debe el Estado compensar a los arrendadores de viviendas por haber expropiado su derecho contractual a actualizar la renta?

El Real Decreto-ley 6/2022, dictado por el Gobierno y convalidado por el Congreso español, limita a un 2 % la actualización (en 2022 y 2023) de las rentas de los arrendamientos de vivienda, como medida transitoria para paliar los efectos de la guerra de Ucrania sobre la población. El presente trabajo sostiene que esta disposición, aun siendo admisible en su contenido específico, conlleva una expropiación que debe ser indemnizada. Al hilo de este concreto supuesto, se realizan varias interpretaciones dogmáticas, de utilidad general, sobre los requisitos que debe cumplir una regulación del derecho de propiedad para ser viable sin compensación: no legitima la medida el hecho de que se dirija a un colectivo abstracto o no suponga vaciamiento total del derecho; la clave de su legitimidad consiste en un juicio de proporcionalidad, que debe ser, sin embargo, uno de mera razonabilidad para no coartar la libertad de apreciación del Parlamento; el procedimiento para exigir indemnización será el general de responsabilidad patrimonial del legislador (lo que determina la competencia administrativa y judicial para resolver y el plazo para actuar), sin que esto cambie el fundamento sustantivo de la reclamación, que sigue siendo la existencia de una expropiación; más lo anterior no supone el destierro de principios como los de motivación, igualdad o confianza legítima, los cuales configuran el protocolo o due process al que debe sujetarse el intento de delimitar el derecho.

Palabras claves: responsabilidad; expropiación; Estado-legislador; arrendamiento; renta; actualización.

Javier Serra Callejo
Abogado

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2023 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Raúl Leopoldo Canosa Usera, doña Ana Cremades Leguina, doña Silvia Díaz Sastre, don Rafael Fernández Valverde y don Luis Pérez de Ayala Becerril.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 274 (noviembre 2023)

Balance del recurso de casación autonómica en el ámbito contencioso-administrativo: la necesidad de una reforma urgente e inaplazable

La Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, modificó la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA), instaurando un nuevo modelo casacional que gravita sobre el interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. Este nuevo modelo se materializa en un único recurso de casación con dos modalidades, una estatal –ante el Tribunal Supremo– y otra autonómica –ante los tribunales superiores de justicia–. Esta segunda modalidad, en la que se centra este estudio, fundada en la infracción de normas emanadas de la comunidad autónoma, ha originado divergencias importantes en los tribunales superiores de justicia, que, ante la parca regulación existente y la necesidad de realizar una integración normativa de las lagunas existentes, han desarrollado soluciones interpretativas dispares. Cumplidos siete años desde la entrada en vigor del recurso de casación autonómica, este trabajo realiza un balance de su aplicación, teniendo en cuenta la situación existente en los diferentes tribunales superiores de justicia y los datos obtenidos de la estadística judicial. La finalidad no es otra que detectar los puntos débiles de este recurso y ofrecer una reflexión jurídica –con inclusión de propuestas de mejora–, que sirva como guía para enfocar una futura reforma de la LJCA que aborde la regulación de la casación autonómica, una asignatura todavía pendiente y que debe afrontarse de forma inmediata.

Palabras claves: jurisdicción contencioso-administrativa; recurso de casación autonómica; interés casacional objetivo; tribunal superior de justicia; tutela judicial efectiva.

Lucía Casado Casado
Profesora titular (acreditada como catedrática) de Derecho Administrativo.
Universidad Rovira i Virgili (España)

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2023 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Raúl Leopoldo Canosa Usera, doña Ana Cremades Leguina, doña Silvia Díaz Sastre, don Rafael Fernández Valverde y don Luis Pérez de Ayala Becerril.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 273 (octubre 2023)

Abuso de poder y violencia de género en el trabajo: ¿Qué lección del «beso (robado) de rubiales»?

Teniendo en cuenta que la conducta se produjo a la vista del mundo entero, cuando todas las cámaras de centenares de medios y países grababan la ceremonia de entrega de premios, y atendida la extrema transcendencia de los derechos e intereses en juego (derechos fundamentales de las jugadoras, valores superiores de una sociedad y un ordenamiento, el decoro deportivo, prestigio mundial del fútbol profesional, imagen de país, etc.), podría pensarse que la realidad aquí parece clara, al margen de la posición -variable-, en cada momento -cambiante-, de cada parte (jugadoras y presidente de la RFEF). Está grabada, todo el mundo lo vio, de ahí que fuese tan inmediato el juicio social y su condena. Pero, en un Estado Constitucional de Derecho tomado en serio ¿qué es lo que el mundo entero ha visto realmente?

Cristóbal Molina Navarrete
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Jaén (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 273 (octubre 2023)

El tratamiento jurídico de los criptoactivos: una mirada holística

El régimen jurídico de los criptoactivos ha sido objeto de debate y análisis en diferentes áreas del derecho, siendo las más relevantes: la normativa sobre blanqueo de capitales, el derecho penal, el derecho a la protección de datos personales, el derecho laboral y el derecho mercantil –referente a la regulación de su publicidad y de su estatus en el mercado financiero–. En este análisis se explorarán cada una de estas ramas para la clarificación del tratamiento jurídico de los criptoactivos.

Palabras claves: criptoactivos; blanqueo de capitales; ilícitos penales; protección de datos; regulación mercantil; tax regime, blockchain.

Norberto Miras Marín
Profesor contratado doctor de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de Murcia (España)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 273 (octubre 2023)

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