Compatibilidad de la declaración de extradición declarada con la solicitud de asilo y condición de refugiado
Enviado por Editorial el Lun, 01/07/2019 - 08:57Extranjeros. Derecho de asilo. Condición de refugiado. Protección internacional solicitada. Procedimientos de extradición y asilo.
Compatibilidad de la declaración de extradición pasiva declarada procedente con la solicitud de asilo y condición de refugiado formulada por la misma persona.
La cuestión que se considera como de interés casacional objetivo es el vinculado al hecho de que el solicitante del derecho de asilo haya sido ya objeto de un previo procedimiento de extradición en el que se ha decidido, en resolución que ha ganado firmeza, la entrega de esa misma persona al País respecto del que precisamente se solicita la protección internacional que comporta el asilo. No hay precepto alguno que establezca una prohibición expresa de esa posibilidad señalada. Ni el Estatuto de los Refugiados lo proscribe de manera expresa, ni nuestra Ley de 2009, Reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria, ni nuestra Ley 4/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva, excluyen esa posibilidad.