Toda absolución da lugar a una indemnización al perjudicado que haya sufrido prisión preventiva
Enviado por Editorial el Lun, 28/10/2019 - 11:16Responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia. Prisión preventiva indebida. Supuestos de indemnización.
En todos los supuestos de absolución por cualquier causa o de sobreseimiento libre, el perjudicado tiene derecho a la indemnización.
Primera sentencia dictada por el Supremo en aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional, de 19 de junio de 2019, que declaró inconstitucional la limitación de los casos indemnizables por prisión preventiva indebida a los que terminaban en absolución ‘por inexistencia del hecho imputado” o los que por esta misma causa, daban lugar a auto de sobreseimiento libre.


