Jurisprudencia de Derecho Mercantil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Mercantil

Acción de nulidad por error vicio en la contratación de un swap

Contratos bancarios. Swap. Vicio de consentimiento. Nulidad de los contratos. Caducidad de la acción de nulidad.

Acción de nulidad por error vicio en la contratación de un swap, reiterándose la jurisprudencia sobre la interpretación del art. 1301 CC. En el caso del swap se entiende que el contrato se consumó a su vencimiento. Sin perjuicio de que si consta acreditado no fue sino después que se conoció de las liquidaciones negativas, que constituyen las circunstancias sobre las que versaría el error invocado, pueda comenzar a computarse el plazo desde ese momento posterior a la consumación.

Posible nulidad por usura de micro préstamo y mala fe procesal del demandante por abuso del proceso

Créditos al consumo. Micro préstamo. Préstamo usurario. Abuso de proceso. Fraude procesal.

La demandante solicitó y obtuvo un micro préstamo de 500 euros, a devolver en 12 cuotas mensuales de 73 euros cada una. Dos meses después, sin esperar a que se cumplieran los doce meses canceló el micro préstamo. Al mes siguiente, dirigió un burofax a la entidad prestamista en el que le requería para que se aviniera a la nulidad del préstamo por usurario y por ser abusivo. Y al cumplirse un mes del requerimiento, presentó la demanda que inició este procedimiento.  Para poder analizar si el interés pactado es notablemente superior al normal del mercado, toma como punto de referencia «el tipo de interés medio de los créditos al consumo (...), que en la última década fluctuó entre el 7 y el 11%, siendo para el año de la contratación del 7,75% TAE, y por tanto claramente usurario el pactado del 213,84% TAE y claramente superior al normal del dinero y desproporcionado, superándolo en más de 27 veces.

El Supremo afianza la nueva línea jurisprudencial sobre responsabilidad del banco descontante en entregas a cuenta para compra de vivienda

Cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas. Pago de anticipos a cuenta del precio, mediante cambiales, cuya devolución la promotora, posteriormente concursada y disuelta, no garantizó mediante aval o seguro. Responsabilidad del banco descontante.

Recientes sentencias modifican la línea jurisprudencial establecida en casos como este de reclamaciones de compradores contra el banco descontante fundadas en el art. 1-2.ª de la Ley 57/1968). Conforme a esta jurisprudencia más reciente, las razones por las que no procede exonerar de responsabilidad al banco descontante de efectos aceptados por el comprador en pago de cantidades a cuenta de una vivienda en construcción son, en síntesis, las siguientes:

Exclusión de determinados riesgos por el asegurado

Seguro de vida y accidentes con cobertura de invalidez permanente. Deber de declaración del riesgo. Omisiones relevantes. Cláusulas delimitadoras y cláusulas limitativas.

La jurisprudencia configura el deber de declaración del riesgo como un deber de contestación o respuesta a lo que pregunte el asegurador, sobre el que, además, recaen las consecuencias que derivan de la omisión del cuestionario o de la presentación de un cuestionario incompleto. Para que la ocultación por el tomador de las circunstancias relativas al riesgo conlleve la liberación del asegurador, es necesario que sean causa directa del siniestro o, al menos, que guarden una cierta relación causa-efecto.

Caducidad de la acción nulidad por error vicio del consentimiento en la adquisición de acciones preferentes y subordinadas

Contratación bancaria. Obligaciones subordinadas. Participaciones preferentes. Nulidad por error vicio del consentimiento. Plazo de caducidad de la acción.

Recurso de casación referente a la adquisición de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas y su posible nulidad por error vicio del consentimiento.

Se Interpuso una demanda contra Bankia, en la que ejercitó una acción de anulabilidad por error invalidante del consentimiento y solicitó que se declarase la nulidad de las órdenes de suscripción de los indicados valores y se ordenara la restitución de las prestaciones.

Efectos del concurso sobre las ejecuciones y apremios iniciados contra el patrimonio del deudor

Concurso de acreedores. Liquidación del concurso. Suspensión de las actuaciones y de los procedimientos de ejecución.

La prohibición de levantar los embargos administrativos prevista en el art. 55.3 LC (actual art. 143.2 TRLC) tiene un límite natural o consiguiente a la solución concursal adoptada, que se extrae de la razón o sentido de la regulación de los efectos del concurso sobre las ejecuciones y apremios iniciados contra el patrimonio del deudor antes de la declaración de concurso: facilitar la solución colectiva a la situación de insolvencia, mediante el convenio o la liquidación.

Participación de un inversor puramente económico en el capital de una sociedad profesional de abogados

Servicios en el mercado interior. Participación de un inversor puramente económico en el capital de una sociedad profesional de abogados. Restricción a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales.

El órgano jurisdiccional remitente pregunta, en esencia, si los artículos 49 TFUE y 63 TFUE, apartado 1, así como el artículo 15, apartados 2, letra c), y 3, de la Directiva 2006/123, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que, so pena de cancelación de la inscripción de la sociedad en cuestión en el Colegio de la Abogacía, prohíbe la transmisión de participaciones de esa sociedad a un inversor puramente económico que no tenga intención de ejercer en la referida sociedad una actividad profesional contemplada por esa normativa.

Requisitos para considerar que el suministrador de un producto defectuoso es una «persona que se presenta como productor»

Protección de los consumidores. Responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos. Conceptos de “productor” y de “persona que se presente como productor”. Requisitos.

Las personas contra las que el consumidor tiene derecho a ejercitar una acción con arreglo al régimen de responsabilidad establecido en la Directiva 85/374 se enumeran en los artículos 1 y 3 de esta. Puesto que la Directiva persigue una armonización completa de las materias que regula, la enumeración de tales personas debe considerarse exhaustiva.

Limitación de doce meses, de retribuciones durante el periodo de liquidación de los administradores concursales

Concurso de acreedores. Liquidación de empresa. Retribución de administradores concursales.  Aplicación retroactiva de legislación.

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) interpuso un incidente concursal contra la administración concursal de una empresa, solicitando:

  • El reconocimiento de un crédito contra la masa.
  • La extinción de los honorarios de la administración concursal desde el 3 de septiembre de 2016, en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 25/2015.

Declaración inexacta o errónea en el cuestionario de salud del seguro de vida

Contrato de seguro. Seguro de vida e invalidez. Declaración inexacta o errónea en el cuestionario. Deber de declaración del riesgo.

Contrato de seguro de vida e invalidez, vinculado a un préstamo hipotecario y posteriormente se le reconoce por la Seguridad Social una incapacidad permanente absoluta al habérsele diagnosticado un carcinoma. El asegurado comunicó el siniestro a la aseguradora, que únicamente le ofertó un pago parcial, en aplicación de la regla proporcional, por haber omitido en el cuestionario de salud que padecía dos patologías: hipertensión arterial y epilepsia.

Interpretación del art. 89 de la Ley de Contrato de Seguro y la regla de la indisputabilidad.

Respecto a el deber de declaración del riesgo y calificación jurídica de las omisiones o inexactitudes, se configura por la jurisprudencia el deber de declaración del riesgo como un deber de contestación o respuesta a lo que pregunte el asegurador, sobre el que, además, recaen las consecuencias que derivan de la omisión del cuestionario o de la presentación de un cuestionario incompleto. Para que exista incumplimiento del deber de declaración del riego por parte del tomador del seguro, deben concurrir los siguientes requisitos:

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