Jurisprudencia de Derecho Mercantil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Mercantil

Compensación equitativa por copia privada a los organismos de radiodifusión. Perjuicio mínimo

Propiedad intelectual. Derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. Radiodifusión. Derecho de reproducción de emisiones. Excepción de copia privada. Compensación equitativa. Perjuicio. Igualdad de trato. Exclusión de los organismos de radiodifusión.

Accionistas y acreedores afectados del Banco Popular, sin derecho a una compensación del Fondo Único de Resolución

Derecho bancario. Unión bancaria. Unión económica y monetaria. Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR). Resolución de Banco Popular Español.  Derecho de propiedad. Independencia del valorador.

Tras la crisis financiera mundial de 2008, la UE estableció unas medidas con objeto de proteger los mercados financieros de la Unión. Una de esas medidas es el Mecanismo Único de Resolución (MUR), con el objeto de permitir una resolución ordenada de los bancos sin emplear el dinero de los contribuyentes y preservar la estabilidad financiera. En un banco con graves dificultades o que vaya a estarlo, la Junta Única de Resolución (JUR), puede, en determinadas condiciones, adoptar un dispositivo de resolución que tendrá que ser aprobado por la Comisión a cargo del Fondo de emergencia Único de Resolución (FUR), fondo que puede utilizarse en tiempos de crisis y que está financiado por el propio sector bancario.

Caducidad de la acción de anulabilidad por error de vicio en el consentimiento

Participaciones preferentes. Dies a quo para el cómputo del plazo de caducidad de la acción de anulabilidad por error vicio del consentimiento. Determinación de la indemnización por daños y perjuicios derivada de la responsabilidad contractual por falta de información sobre productos financieros complejos y su cuantía.

El plazo de prescripción de la acción del art. 367 TRLSC es el de los garantes solidarios

Sociedades. Plazo de prescripción de la acción de responsabilidad del administrador por deudas sociales.

La decisión sobre el plazo de prescripción aplicable a la acción de responsabilidad por deudas prevista en el art. 367 LSC está ligada necesariamente a la naturaleza de dicha acción, tal y como ha sido configurada por la jurisprudencia. Cuando una sociedad de capital está incursa en causa legal de disolución y su órgano de administración no adopta las medidas previstas en los arts. 363 y ss. LSC para la disolución o la presentación de la solicitud de concurso (en caso de pérdidas cualificadas), la Ley constituye a los administradores en garantes solidarios de las deudas surgidas a partir de entonces.

Servicios de la sociedad de la información. Control y denuncia de contenidos. Google, Meta y Tik Tok

Servicios de la sociedad de la información. Libre circulación de servicios. Servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma. Normativa de un Estado miembro que impone a los prestadores, establecidos o no en su territorio, obligaciones en materia de control y denuncia de contenidos supuestamente ilícitos.

El tenor del artículo 3.4 de la Directiva 2000/31 se refiere a un «determinado servicio de la sociedad de la información». El empleo del singular y del adjetivo «determinado» pretende indicar que el servicio así contemplado debe entenderse como un servicio individualizado, prestado por uno o varios prestadores de servicios y que, por consiguiente, los Estados miembros no pueden adoptar medidas generales y abstractas referidas a una categoría de determinados servicios de la sociedad de la información descrita genéricamente y aplicables indistintamente a cualquier prestador de esta categoría de servicios.

Aplicación de la legislación sobre condiciones generales de la contratación y protección de consumidores al contrato de fianza

Contrato de fianza. Fianzas generales. Fianzas ómnibus. Condiciones generales de la contratación. Protección de consumidores y usuarios. Apertura de crédito.

Distinto tratamiento de los contratos de garantía según el garante sea o no consumidor (aunque garantice una operación empresarial).

El control de incorporación es aplicable a cualquier contrato en que se utilicen condiciones generales de la contratación, en tanto que los controles de transparencia material y abusividad están reservados a los contratos celebrados con consumidores.

Respecto de los supuestos de préstamos u otras operaciones de crédito con garantía se plantea la cuestión de si la accesoriedad de la garantía respecto de una relación que no pueda ser calificada de consumo arrastra la consecuencia o no de imposibilitar la calificación como consumidor del garante, incluso en el caso de que éste sea una persona física que actúe fuera del ámbito de su actividad profesional.

Denegación del registro como marca de la Unión por obtención de ventaja desleal frente a otra marca ya registrada

Marcas. Solicitud de marca figurativa de la Unión. Procedimiento de oposición por menoscabo del renombre. Estrella de Castilla/Estrella Galicia.

La protección ampliada que confiere a la marca anterior el Reglamento 2017/1001 presupone el cumplimiento de varios requisitos. En primer lugar, la marca anterior que supuestamente goza de renombre debe estar registrada. En segundo lugar, dicha marca y aquella cuyo registro se solicita deben ser idénticas o similares. En tercer lugar, la marca anterior debe gozar de renombre en la Unión Europea, en el caso de una marca de la Unión anterior, o en el Estado miembro de que se trate, en el caso de una marca nacional anterior. En cuarto lugar, el uso sin justa causa de la marca solicitada debe dar lugar al riesgo de que se obtenga una ventaja desleal del carácter distintivo o del renombre de la marca anterior o de que sea perjudicial para dicho carácter distintivo o dicho renombre. Como estos requisitos son acumulativos, la falta de uno de ellos basta para que la disposición no sea aplicable.

Una bicicleta con motor no es un “vehículo” a efectos del seguro de circulación

Seguro de responsabilidad civil por circulación de vehículos. Concepto de «vehículo». Concepto equivalente. Bicicleta equipada con un motor eléctrico. Indemnización automática para determinados usuarios de la vía pública.

El tribunal remitente pregunta, en esencia, si en el artículo 1.1 de la Directiva 2009/103 está comprendida, en el concepto de «vehículo», una bicicleta cuyo motor eléctrico únicamente presta asistencia al pedaleo y que dispone de una función que le permite acelerar sin pedalear hasta una velocidad de 20 km/h; función que, no obstante, solo puede activarse tras utilizar la fuerza muscular.

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