Jurisprudencia de Derecho Mercantil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Mercantil

Condenado un establecimiento a pagar 1.079,98 euros por reproducir obras musicales sin autorización

Propiedad intelectual. Comunicación pública. Comunicación pública de fonogramas. Entidades de gestión. Daños y perjuicios.

Demanda interpuesta por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Asociación de artistas, intérpretes o ejecutantes sociedad de gestión de España (AIE) por vulneración de derechos de propiedad intelectual y condena al dueño de un restaurante de Campo de Criptana a pagar 1.079,98 euros por reproducir música en su local abierto al público.

Propuesta de convenio en concurso de acreedores con dos opciones y plazo para el ejercicio de la facultad de elección

Concurso de acreedores. Propuesta de convenio. Propuestas alternativas. Plazos de aceptación del convenio. Comienzo de la eficacia del convenio.

El convenio de acreedores, en cuanto acuerdo entre deudor y acreedores destinado a regular las relaciones jurídicas, tiene naturaleza y carácter negocial. La propuesta de convenio aprobada ofrecía a los acreedores ordinarios la posibilidad de optar entre: la capitalización de sus créditos, previa quita del 50% de sus respectivos importes; y, por otro, el pago en efectivo, con la misma quita del 50% y una espera de 7 años, siendo los dos primeros años de carencia (alternativa).

La declaración de salud en los seguros de personas no tiene que sujetarse a una forma concreta

Contrato de seguro de vida e invalidez. Mala fe en la declaración del riesgo por la asegurada. La jurisprudencia configura el deber de declaración del riesgo como un deber de contestación o respuesta a lo que pregunte el asegurador, sobre el que, además, recaen las consecuencias que derivan de la omisión del cuestionario o de la presentación de un cuestionario incompleto. Para que exista incumplimiento del deber de declaración del riesgo por parte del tomador del seguro, deben concurrir los siguientes requisitos:

Concepto de “circunstancias extraordinarias” eximentes de la compensación por gran retraso

Transporte aéreo. Exención de la obligación de compensación a los pasajeros aéreos en caso de gran retraso de un vuelo. Circunstancias extraordinarias. Falta de personal.

El concepto de «circunstancias extraordinarias», en el sentido del artículo 5, apartado 3, del Reglamento n.º 261/2004, designa acontecimientos que, por su naturaleza o su origen, no son inherentes al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo afectado y escapan al control efectivo de este, siendo estos dos requisitos acumulativos y debiendo apreciarse su cumplimiento caso por caso.

Alcance de la protección de la marca renombrada, y limitación del derecho de marca

Propiedad industrial. Marcas. Protección de marca renombrada. Limitación del derecho de marca. Derechos conferidos por la marca. Prácticas señuelo y prácticas promocionales engañosas.

Utilización de signo comercial ajeno para publicitar un premio que se ofertaba con la suscripción del servicio de remisión de contenidos multimedia vía SMS que comercializaba.

La primera fase del análisis para determinar si el uso que hizo del signo de la marca renombrada constituye una infracción de los derechos de la aquí apelante, en cuanto titular, nos remite a la comprobación de si dicho uso puede ser calificado como uso activo, en el tráfico económico, para productos o servicios y perjudicial para las funciones de la marca.

Acción de nulidad por error vicio en la adquisición de deuda subordinada

Contratos bancarios. Compra de deuda subordinada. Acción de nulidad. Error vicio en la adquisición de participaciones preferentes. Indemnización por el perjuicio sufrido.

Acción de nulidad por la adquisición de obligaciones de deuda subordinada a una entidad bancaria que posteriormente fue intervenida por el FROB, quien acordó que la entidad recomprara la deuda subordinada y las participaciones preferentes, así como el canje forzoso de los títulos por acciones. Como consecuencia de ello, los demandantes recuperaron parte de lo invertido.

Cesión a una mercantil del crédito, por compensación de la cancelación de un vuelo, de los pasajeros frente al transportista

Transporte aéreo. Compensación a los pasajeros aéreos en caso de cancelación de un vuelo. Cláusula contractual que prohíbe la cesión a una sociedad mercantil del crédito de los pasajeros frente al transportista.

El derecho a una compensación estandarizada y calculada a tanto alzado que incumbe atender al transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo figura entre los derechos básicos que el Reglamento n.º 261/2004 ha conferido a los pasajeros aéreos. Por tanto, no se puede considerar que tales derecho y obligación tengan su fundamento en un contrato celebrado eventualmente entre un pasajero aéreo y un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo ni, a fortiori, en el incumplimiento culpable de tal contrato por este último.

Es contrario al Derecho de la Unión aplicar a los actos de gestión de una sociedad, residente en otro Estado miembro, el Derecho del Estado en el que ejerce la parte principal de sus actividades

Libertad de establecimiento. Normativa nacional que prevé la aplicación de la ley del Estado miembro en el que una sociedad ejerce sus actividades.

STE es una sociedad luxemburguesa con domicilio social en Luxemburgo que ejerce la parte principal de sus actividades en otro Estado miembro, a saber, la República italiana. STE podría estar sujeta, de manera acumulativa, tanto al Derecho luxemburgués como al Derecho italiano. Sin embargo, esta aplicación acumulativa del Derecho de dos Estados miembros puede dificultar la gestión de dicha sociedad.

El seguro del automóvil no cubre al conductor asegurado por la muerte de sus familiares causada por su propia conducta

Seguro de responsabilidad civil. Vehículos a motor. Cobertura. Diferencia con seguro de accidentes.

Seguro de responsabilidad civil obligatorio del automóvil y cobertura derivado de la circulación de vehículos a motor. No se extiende a los daños morales sufridos por el conductor por la muerte de su cónyuge en accidente imputable al propio conductor asegurado. La exclusión del conductor del ámbito de la cobertura obligatoria, por la muerte de sus familiares se impone dada la propia naturaleza del seguro litigioso, que no es de accidentes de manera tal que comprenda los daños propios sufridos por el asegurado por el siniestro automovilístico (art. 100 LCS), sino de responsabilidad civil, que cubre los daños causados por el conductor asegurado a terceros (art. 73 LCS) y no, por consiguiente, los que experimenta el mismo a consecuencia de su propia conducta generadora del daño; pues, en tales casos, falta el requisito de la alteridad inherente a esta tipología de seguros y no se produce la transferencia del daño del patrimonio del conductor responsable a su compañía de seguros para indemnizar al tercero perjudicado.

Secreto industrial y actos de competencia desleal

Secreto industrial. Actos de competencia desleal. Violación de secretos. Información reservada.

Acción de competencia desleal, basada en el art. 13 LCD, contra anterior empleado, por la explotación y divulgación de los secretos empresariales titularidad de la demandante.

No concurren los requisitos legales para apreciar una explotación y revelación ilícita de secretos industriales ya que la información controvertida no tendría esa condición: a falta de una concreción de las formulaciones concretas que se habrían empleado para poder concurrir luego en el mercado con ese mismo producto, la información que se denuncia sustraída era generalmente conocida en el sector de siliconas y cauchos.

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