Condenado un establecimiento a pagar 1.079,98 euros por reproducir obras musicales sin autorización
Enviado por Editorial el Lun, 17/06/2024 - 09:18Propiedad intelectual. Comunicación pública. Comunicación pública de fonogramas. Entidades de gestión. Daños y perjuicios.
Demanda interpuesta por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) y Asociación de artistas, intérpretes o ejecutantes sociedad de gestión de España (AIE) por vulneración de derechos de propiedad intelectual y condena al dueño de un restaurante de Campo de Criptana a pagar 1.079,98 euros por reproducir música en su local abierto al público.