Estado de alarma en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor
Enviado por Editorial el Lun, 23/03/2020 - 08:27Con la Orden INT/262/2020, de 20 de marzo (BOE de 21 de marzo), que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
Se podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos, durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas. En el caso que asi se decida, quedaran exceptuados de la medida: