Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

El real decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, intentar dar respuesta a las circunstancias económicas excepcionales producidas por el COVID-19 (coronavirus), sumándose a las medidas adoptadas a nivel comunitario y completando las tomadas por el Gobierno en las últimas semanas.

Medidas adoptadas en el Real decreto Ley:

Real decreto por el que se modifica el real decreto por el que se declara el estado de alarma

p>El Consejo de Ministros de 17 de marzo ha aprobado el Real Decreto 465-2020, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Los cambios realizados son los siguientes:

Real Decreto-Ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del covid-19

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19,  con la mayor movilización de recursos económicos de la historia democrática de España para hacer frente al impacto económico del coronavirus. Se ha decidido movilizar cerca del 20% del PIB, 200.000 millones de euros con medidas para proteger y apoyar a familias, trabajadores, autónomos y empresas.

El objetivo es iniciar la recuperación en cuanto la emergencia sanitaria quede atrás, relanzando nuestra economía, nuestra producción y nuestro empleo y que la caída venga seguida de una recuperación económica y no de un estancamiento.

Declarado el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria originada por el COVID-19

Imagen del logo del BOE

Como con seguridad es ya de todos conocido, a última hora del sábado se ha publicado en el BOE, y ha entrado inmediatamente en vigor, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. Esta declaración afecta a todo el territorio nacional durante los próximos 15 días naturales.

Será, según lo anunciado, en el próximo Consejo de Ministros cuando se aprobarán nuevas medidas que se desarrollarán en 4 ámbitos: apoyo a trabajadores, autónomos, empresarios, familias y colectivos vulnerables; flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos; apoyo a la actividad económica de las empresas para garantizar la liquidez y, por último, apoyo a la investigación de la vacuna del coronavirus.

Prorrogada la suspensión de desahucios hipotecarios en el caso del colectivo vulnerable y amplía su alcance

El Consejo de Ministros de 11 de marzo, ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2020 de medidas urgentes en el ámbito económico que refuerza la protección a colectivos vulnerables que se encuentran en riesgo de desahucio hipotecario.

Esta medida prorroga cuatro años adicionales la suspensión de los lanzamientos para deudores vulnerables, lo que supone que hasta 2024 ninguna persona en situación de vulnerabilidad podrá ser expulsada de su domicilio por impago de la hipoteca.

Medidas urgentes en materia de la contratación pública; seguros privados; planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales

Seguros y contratos públicos. Pluma escribiendo sobre un papel

En el BOE de 5 de febrero de 2020, se publica el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

En primer lugar, este real decreto-ley tiene por objeto la transposición parcial a la Directiva 2014/25/UE, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y dar transposición también parcial a la Directiva 2014/23/UE, relativa a la adjudicación de contratos de concesión, cuyo plazo expiró el 18 de abril de 2016.

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