Tasas judiciales: ya disponibles los modelos de autoliquidación (Mod. 696) y de solicitud de devolución (Mod. 695)
Enviado por Editorial el Lun, 17/12/2012 - 10:29La Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, publicada el sábado 15 de diciembre y en vigor y de aplicación a hechos imponibles que tengan lugar a partir del lunes 17 de diciembre, con las excepciones que a continuación se indicarán, aprueba los modelos 696 de autoliquidación, y 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, y determina el lugar, forma, plazos y los procedimientos para su presentación.
Deberá tenerse presente, como presupuesto de los contenidos que se procederán de inmediato a reseñar, que las disposiciones referentes al modelo 695 de solicitud de devolución relativas a la aprobación del propio modelo, plazo de presentación, formas de presentación, lugar y procedimiento de presentación en formato impreso, forma, condiciones y procedimiento de presentación telemática, y deber de colaboración de la Oficina judicial en esta materia entrarán en vigor el 1 de abril de 2013.