Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
Enviado por Editorial el Mié, 11/12/2013 - 13:21La eficacia de la evaluación ambiental, exige establecer un procedimiento que sea común en todo el territorio nacional, por ello , con esta Ley se unifica una sola norma el régimen jurídico de la evaluación de planes, programas y proyectos, que hasta ahora se encontraba recogido en dos leyes: la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente y el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos y modificaciones posteriores al citado texto refundido. Así mismo, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, y la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Incluye el control al polémico fracking -técnica para extraer gas por medio de la fractura hidráulica- y el trasvase Tajo-Segura.